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Murió su compañero en Ullum: lo imputaron por no dar aviso a la Policía
La Justicia formalizó a Sanz Tapia por presunta omisión de auxilio tras la muerte de su amigo, con quien había salido en moto por Ullum.
Un caso poco habitual llegó este lunes a la Justicia sanjuanina. Un hombre de apellido Sanz Tapia fue formalizado por presunta omisión de auxilio luego de que su compañero de salida muriera tras sufrir un accidente en Ullum. La acusación sostiene que, pese a conocer la ausencia de su amigo, no habría dado aviso a la Policía para que se iniciara una búsqueda.
El hecho que dio origen a la investigación ocurrió el pasado 6 de junio, cuando dos hombres salieron juntos a recorrer una zona rural del departamento Ullum a bordo de motocicletas enduro. Cada uno circulaba en su propia moto y, según se explicó durante la audiencia, ambos habían compartido parte de la jornada e incluso almorzado juntos en el campo.
El problema se produjo durante el regreso. Uno de ellos sufrió un accidente y terminó muriendo en una zona alejada. El lugar donde finalmente fue encontrado estaba aproximadamente a 25 kilómetros de la zona por la que se desplazaban.
La víctima fue identificada como Marcelo Eduardo Carvajal, un joven de 28 años oriundo de Zonda, cuyo cuerpo fue hallado después de que se iniciara su búsqueda al advertirse que no había regresado.
Ahora, la Justicia puso el foco en lo ocurrido después del accidente. Según la hipótesis planteada por la Fiscalía, Sanz Tapia no habría realizado las diligencias necesarias para informar a la autoridad pública que su compañero había desaparecido, particularmente al personal policial, que podría haber puesto en marcha un operativo de búsqueda.
Ese comportamiento es el que motivó la formalización por omisión de auxilio, una figura que en este caso adquiere una particularidad: el acusado no está señalado, por el momento, como responsable de haber provocado el accidente ni de haber causado directamente la muerte de su compañero. Lo que se investiga es su presunta conducta posterior al siniestro.
La situación resulta llamativa por tratarse, precisamente, de dos personas que habían iniciado juntas la jornada y que se encontraban realizando una actividad similar. La Fiscalía sostiene que existía una circunstancia que obligaba a Sanz Tapia a dar aviso ante la ausencia de su compañero y que esa comunicación no se habría producido.
Durante la audiencia también se explicó que la pena prevista para el delito de omisión de auxilio es actualmente una multa, aunque se remarcó que se trata de una legislación que quedó desactualizada en cuanto a los montos establecidos.
De todos modos, la investigación recién comienza y la calificación es provisoria. El fiscal advirtió que podría modificarse si aparecen nuevos elementos que permitan determinar que la conducta encuadra en otra figura penal.
Así, el expediente abrió una situación poco frecuente para la Justicia: determinar si una persona puede tener responsabilidad penal por la conducta que adoptó después de que su propio compañero muriera tras sufrir un accidente, cuando no se le atribuye haber provocado el siniestro, pero sí haber omitido —según la acusación— el aviso que podría haber permitido activar antes la búsqueda.