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Préstamos para vivienda del Banco Nación: de cuánto son y qué requisitos piden

El BNA ofrece créditos para la ampliación, refacción y/o terminación de una vivienda única y de ocupación permanente. Estos son los requisitos que hay que cumplir para acceder al crédito.

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

Hoy en día, comprar una propiedad requiere una inversión importante. Con los cambios económicos y la inestabilidad del dólar, pensar en adquirir un inmueble es todo un desafío y supone una gran preocupación. Sin embargo, remodelar la casa o terminar con los detalles que alguna vez se empezaron, es una buena opción.

Para ese segmento, el Banco de la Nación Argentina ofrece distintos préstamos destinados a la ampliación, refacción y/o terminación de una vivienda única y de ocupación permanente.

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Desde el sitio web de la entidad señalan: "para considerarse terminación, se deberá contar con un grado de avance no inferior al 60% del total de la obra".

Para acceder al préstamo es necesario cumplir con una serie de requisitos y condicionantes. ¿Cuáles son?

CRÉDITOS PARA VIVIENDA: CÓMO SON LOS PRÉSTAMOS DEL BANCO NACIÓN

Los préstamos están destinados a:

  • Personas Humanas en actividad laboral (en relación de dependencia o contratados y autónomos y monotributistas) jubiladas y/o pensionadas. Se admiten hasta dos usuarios, debiendo al menos uno de ellos ser propietario de la vivienda única y de ocupación permanente a ampliar, refaccionar y/o terminar.
  • Deberá verificarse que el usuario no posea otra propiedad apta para la vivienda mediante la presentación del formulario de Índice de Titularidad emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente.
  • Se admitirá que cada solicitante pueda ser propietario de hasta un 50% de una parte indivisa de un inmueble para vivienda, siempre y cuando acredite que no reside en tal inmueble por circunstancias relacionadas a divorcio vincular o por aceptación de donaciones con usufructo gratuito de por vida sobre la propiedad, a favor de otra/s persona/s.
  • Modalidad: en pesos
  • Monto máximo: Hasta $ 4.000.000.
  • Proporción de apoyo: La asistencia para la ampliación, refacción y terminación podrá ser hasta el 100% del presupuesto de obra sin exceder los $4.000.000 y sin superar el 50% de la tasación de la vivienda previo a la obra.
  • Amortización: las cuotas se liquidarán en forma mensual y por sistema francés.
  • Plazo: hasta de 120 meses.
  • Garantía: a sola firma

LOS INTERESES QUE OFRECE EL BANCO NACIÓN:

  1. Usuarios en relación de dependencia y jubilados y/o pensionados (que adhieran a un paquete de servicios de productos y perciban sus haberes por el Banco) o usuarios monotributistas o autónomos (que adhieran a un paquete de servicios) y por toda la vigencia del préstamo.
  • Para los primeros doce meses del préstamo se aplicará una tasa de interés fija del 27% nominal anual.
  • A partir del mes trece y hasta el mes treinta y seis la tasa del préstamo será variable, calculándose por periodos anuales a partir de aplicar el "Porcentaje del Incremento del Coeficiente de Variación Salarial ("CVS") del año calendario anterior.
  • A partir del mes treinta y siete se aplicará anualmente la TASA BADLAR SECTOR PRIVADO multiplicada por 1.3, tomando la correspondiente a cinco días hábiles anteriores al último día hábil del mes de noviembre, controlando que la misma no supere la tasa vigente para préstamos personales - Libre destino - Cartera Haberes.

       2. Para el resto de los Usuarios:

Se aplicará una tasa de interés variable que se calculará anualmente a partir de la tasa BADLAR SECTOR PRIVADO, tomando la correspondiente a cinco días hábiles anteriores al último día hábil del mes de noviembre multiplicada por 1.6 durante todo el período del préstamo - Libre destino - Cartera Abierta.

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Entre los muchos beneficios de solicitar créditos en el Banco Nación, se destacan los siguientes:

  • A sola firma (sin garantía hipotecaria).
  • Cancelación anticipada total o parcial sin cargo.
  • Las cuotas se descuentan de tu cuenta.
  • Eximición de IVA sobre intereses conforme lo establecido en la RG AFIP 680/99.

 

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