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Puente al Empleo: todos los planes sociales que aplican al programa que quiere convertirlos en trabajo registrado
El Gobierno reglamentó este martes el programa Puente al Empleo para convertir planes sociales en trabajo registrado: ¿Qué planes sociales y modalidades de trabajo aplican?
POR REDACCIÓN
El Gobierno reglamentó este miércoles el plan Puente al Empleo, con el cual apunta a generar empleo registrado para los beneficiarios de la asistencia social del Estado, para determinar el alcance de los beneficios.
A fines de agosto se oficializó el programa a través del Decreto 551/2022, el cual entrará en vigencia el próximo 1° de octubre, y, ahora, se explicitó a través de la Resolución Conjunta 4/2022.
Así, el Gobierno explicitó los distintos programas sociales, educativos y de trabajo que aplicarán a Puente al Empleo y cómo funcionará este teniendo en cuenta las distintas modalidades de contratación laboral.
La norma fue publicada este martes en el Boletín Oficial en una resolución conjunta entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el de Economía y el de Desarrollo Social y porta las firmas de sus tres titulares: Claudio Moroni, Sergio Massa y Juan Zabaleta, respectivamente.PUENTE AL EMPLEO: DE QUÉ TRATA EL PROGRAMA
Tal como recuerda la medida en sus considerandos, el Programa Puente al Empleo apunta a "transformar de manera gradual y con un criterio federal a los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad".
Mediante esta estrategia, se busca "mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas y promover la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica".
El Programa Puente al Empleo apunta a "transformar de manera gradual y con un criterio federal a los programas sociales.
Es por esto que el plan establece que empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores provenientes de "programas sociales, educativos o de empleo" recibirán de parte del Estado el monto correspondiente a la asistencia a cuenta del pago del salario por un plazo de 12 meses.
PUENTE AL EMPLEO: ¿QUÉ PROGRAMAS SOCIALES Y MODALIDADES DE TRABAJO APLICAN?
La Resolución Conjunta 4/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial detalla específicamente todos los planes sociales estatales que son compatibles con el Programa Puente al Empleo.
Así, según esta medida, podrán acceder al plan que busca generar empleo registrado los beneficiarios de los siguientes planes sociales:
- Programa de Inserción Laboral (PIL) del Ministerio de Trabajo;
- Programa Acompañar del Ministerio de las Mujeres;
- Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local "Potenciar Trabajo", del Ministerio de Desarrollo Social;
- Programa Jóvenes y Mipymes, "Te Sumo", del Ministerio de Trabajo;
- Programa Fomentar Empleo, del Ministerio de Trabajo.
Tal como aclara la disposición, esta busca "efectuar distintas aclaraciones y precisiones normativas en orden a lograr una eficaz y eficiente aplicación de las normas".
Para esto, también se definieron los distintos modelos de contratación laboral a los que aplicarán los beneficios del Programa Puente al Empleo y los tiempos durante los que se pagará la asistencia en base a estos:
- Contratos de trabajo por plazo indeterminado;
- Contratos de trabajo a tiempo parcial: los beneficios se otorgarán por la mitad del valor previsto para los contratos por plazo indeterminado.
- Contratos de trabajo a plazo fijo: los beneficios se otorgarán como máximo por seis meses.
- Contratos de trabajo de temporada: los beneficios se otorgarán durante el primer ciclo o temporada y por el término máximo de seis meses.
- Contratos de trabajo agrario permanentes, de prestación continua y discontinua, y temporarios (Artículos 16, 17 y 18 del régimen previsto en la Ley Nº 26.727 y sus modificatorias): los beneficios se otorgarán durante el primer ciclo o temporada.
- Contratos de trabajo comprendidos en el régimen previsto en la Ley Nº 22.250 y sus modificatorias.
Finalmente, el texto también crea un comité destinado a "elaborar los circuitos de intercambio de información entre los organismos que lo integran a fin de operativizar los procedimientos de transferencia electrónica de los datos que obren en sus bases y registros administrativos, propiciando, a su vez, la celebración de los acuerdos que sean necesarios".