Judiciales
Qué pasará con la menor acusada de homicidio bajo el nuevo régimen penal juvenil
La fiscal de Menores Paula Carena explicó cómo convivirán la nueva Ley 27.801 y la Ley 754-O en el proceso contra la adolescente de 16 años.
La adolescente de 16 años investigada por homicidio quedará alcanzada por el régimen penal juvenil, aunque el procedimiento continuará bajo la Ley 754-O hasta que San Juan adecue su normativa a la nueva Ley 27.801. Así lo explicó la fiscal Paula Carena, quien detalló cómo actuará la Justicia provincial frente al nuevo escenario legal.
Carena aclaró que la entrada en vigencia de la Ley 27.801, el pasado 5 de septiembre, no significa que la adolescente quede sometida por primera vez a un régimen penal juvenil. Por tener 16 años, ya estaba comprendida por el sistema anterior y también queda alcanzada por la nueva legislación.
El punto central está en el procedimiento. Mientras San Juan no sancione la normativa necesaria para adecuarse al nuevo régimen nacional, continuará vigente la Ley 754-O, que establece que el juez tiene a su cargo la investigación cuando el presunto autor de un delito es menor de edad.
En este caso, la UFI de Delitos Especiales intervino desde que se conoció el hecho. Los fiscales trabajaron en el lugar, aplicaron el protocolo correspondiente a una víctima fallecida, ordenaron el levantamiento del cuerpo y la autopsia y dispusieron las primeras medidas para reconstruir lo ocurrido.
Cuando surgió que la posible autora podía ser una adolescente alcanzada por el régimen penal juvenil, la UFI puso el legajo en conocimiento del juez de turno, el doctor Toro. A partir de allí, la investigación quedó dividida en dos líneas.
El juez asumió las actuaciones vinculadas directamente con la adolescente, mientras que la UFI de Delitos Especiales continuó investigando otras circunstancias que pudieran surgir del hecho, como la posible participación de personas mayores de edad, un eventual encubrimiento u otras hipótesis.
La intervención de la Fiscalía
El juez también dio intervención a la Fiscalía especializada, que recibió el legajo para pronunciarse sobre la competencia penal juvenil.
Según explicó Carena, la Fiscalía presentó un escrito en el que pidió que se reconociera esa competencia, solicitó distintas medidas de prueba, requirió la indagatoria de la adolescente y planteó una calificación legal provisoria.
Con ese dictamen, el juez resolvió que el caso debía tramitarse dentro del régimen penal juvenil y dispuso avanzar con la indagatoria.
Por tratarse de una menor de edad, Carena remarcó que no pueden difundirse datos que permitan identificarla, en resguardo de sus derechos.
Dos leyes que conviven en San Juan
El caso se desarrolla en un momento particular para la Justicia sanjuanina. Actualmente conviven la Ley 754-O, que continúa regulando el procedimiento penal juvenil provincial, y la nueva Ley 27.801.
Carena explicó que las disposiciones procesales incorporadas por la nueva normativa nacional no pueden trasladarse automáticamente al procedimiento local. Para hacerlo, San Juan deberá establecer cómo serán incorporadas y aplicadas.
Uno de los puntos que deberá definirse es el régimen de medidas cautelares. Según indicó la fiscal, bajo la legislación provincial vigente no existe la prisión preventiva para menores y un adolescente no puede permanecer detenido durante más de 60 días.
Por eso, mientras no se complete la adecuación normativa, la investigación de la adolescente continuará dentro del régimen penal juvenil, pero bajo las reglas procesales establecidas por la Ley 754-O.