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Judiciales

Quienes entren por caminos alternativos recibirán condenas efectivas

Flagrancia no aplicará la probation.

POR REDACCIÓN

07 de agosto de 2020

A través de una resolución del Ministerio Público Fiscal se instruyó para que el Sistema de Flagrancia no preste acuerdos para el beneficio de la suspensión del juicio a pruebas a quienes se les imputen las conductas tipificadas en los artículos 205 y 239 del Código Penal.

Se trata de las normativas que se aplican a quien viola las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia, en este caso el coronavirus.

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Por lo tanto, quienes ingresen a la provincia a través de caminos alternativos en lugar de los habilitados o que de otro modo no respeten los controles sanitarios y sanitarios dispuestos por las autoridades locales.

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“Tal política tiene como fundamento las graves consecuencias que puede tener para el estatus sanitario vigente en la provincia y por ende para la salud de la población y el desarrollo de la vida en sociedad”, afirma el documento firmado por el fiscal general de la Corte de Justicia, Eduardo Quattropani.

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