Publicidad

Judiciales > Protocolo sanitario

Tras dos positivos, la Justicia suspendió los plazos en un fuero y la actividad en un juzgado de Paz

Las medidas comienzan a regir desde este martes 13 de octubre.

POR REDACCIÓN

13 de octubre de 2020

Por la aparición de dos casos positivos de coronavirus, la Justicia decidió la suspensión de los plazos procesales de todas las causas que tramiten ante la Oficina Judicial de Familia. También propusieron el cierre preventivo del Juzgado de Paz Letrado en el departamento Iglesia.

Ambas medidas rigen a partir de este martes 13 de octubre hasta que “las condiciones de sanidad resulten convenientes”, según indicaron por medio de un comunicado.

Publicidad

En la Justicia explicaron que si algún ciudadano desea concurrir a ese fuero de Paz tendrá que hacerlo en el departamento Jáchal.

De acuerdo al positivo en Iglesia, la presidenta de la Corte, Adriana García Nieto, ordenó que se tomen todas las medidas sanitarias dispuestas por el Ministerio de Salud Pública para contener los contagios.  

“Ambas medidas son a modo preventivo con el objetivo de evitar la propagación del Covid-19 tanto entre el personal judicial, los abogados y todas las personas que requieran del servicio de Justicia en esos ámbitos”, relataron en la resolución judicial.

En el fuero de Familia detectaron un segundo caso positivo: una agente judicial. El primero se registró el 8 de octubre y también cerraron preventivamente esa dependencia.  

Publicidad

Mientras dure la suspensión de los plazos los juzgados integrados en la Oficina judicial de Familia podrán continuar con la presencialidad o medios electrónicos dispuestos de aquellos magistrados, funcionarios y personal en general.

De esa manera, el servicio de Justicia en esa dependencia seguirá prestando para los siguientes casos determinados en el Artículo 100 de la Ley Orgánica de Tribunales:
• La obtención de medidas cautelares.
• La modificación o levantamiento de cautelares en caso de concurrir las circunstancias del inciso G).
• Las denuncias por comisión de delitos de acción pública y de instancia privada.  
• La promoción de procesos concursales hasta obtener el aseguramiento de los bienes.
• Los procesos de amparo y acciones de hábeas corpus.
• Las cuestiones relativas a prestación de alimentos.
• Los demás asuntos, cuando el interesado se encuentre expuesto a la pérdida de un derecho o a sufrir un grave perjuicio si no se le atiende en la Feria.

Para concluir, en el comunicado precisan que la actividad será normal en el Anexo Mitre tanto para el fuero laboral como de familia prevista en las funciones del artículo 100 de la Ley 358-E.

Publicidad
Más Leídas
Publicidad

ÚLTIMAS NOTICIAS