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Una jueza declaró inconstitucional la baja de imputabilidad a 14 años
La jueza Laura De Marinis tomó la decisión en una causa por tentativa de robo y cuestionó la aplicación de la nueva normativa para el caso concreto.
POR REDACCIÓN
Una jueza porteña declaró inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso concreto y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo. La resolución fue dictada por Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3 de la Ciudad de Buenos Aires.
La decisión se produce semanas después de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que redujo de 16 a 14 años la edad mínima de imputabilidad y estableció un nuevo régimen específico para adolescentes de entre 14 y 17 años.
El caso que llegó a la Justicia
La causa comenzó a partir de la denuncia de un hombre de 47 años. Según relató, mientras caminaba observó a cinco jóvenes y posteriormente uno de ellos le exigió que entregara sus pertenencias y su celular. El hombre logró escapar y pidió ayuda a un efectivo de la Policía de la Ciudad.
Al analizar el expediente, De Marinis consideró que el hecho no llegó a consumarse y señaló que no se produjo una afectación de la propiedad de la víctima, aunque reconoció la situación de intimidación sufrida por el denunciante.
La magistrada sostuvo además que, frente a adolescentes que se encuentran por debajo de la edad mínima de responsabilidad penal que considera compatible con las garantías constitucionales, el Estado debe recurrir a organismos destinados a brindar asistencia y garantizar derechos. En su resolución también argumentó que la reducción de la edad de punibilidad resulta regresiva y vulnera tratados internacionales con jerarquía constitucional.
Qué alcance tiene el fallo
La resolución de De Marinis se aplica al expediente particular y no suspende de manera general el nuevo Régimen Penal Juvenil. Ese punto diferencia este caso del fallo que había dictado la jueza bonaerense Marta Pascual, quien inicialmente ordenó suspender durante 60 días la aplicación de la normativa en la provincia de Buenos Aires.
Sin embargo, aquella suspensión general fue posteriormente revocada por la Cámara en lo Penal de Lomas de Zamora, que sostuvo que una ley sancionada por el Congreso no podía ser suspendida de manera general mediante esa medida cautelar. Tras esa decisión, el régimen volvió a estar vigente en territorio bonaerense.