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Vacaciones 2026: cómo cambian las reglas con la reforma laboral en Argentina
La nueva normativa permite fraccionar el descanso en períodos de al menos siete días, acordar fechas fuera de la temporada habitual y reduce el aviso previo general a 30 días.
POR REDACCIÓN
Con la llegada de los últimos meses del año, muchos trabajadores comienzan a organizar sus vacaciones de verano. En ese contexto, la reforma laboral introdujo cambios en la forma de acordar las fechas, dividir los días de descanso y comunicar el inicio de la licencia anual.
La Ley de Modernización Laboral, sancionada y promulgada en marzo de 2026, modificó el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo. Entre las principales novedades, habilita el fraccionamiento de las vacaciones en tramos de al menos siete días, siempre que exista acuerdo entre el empleador y el trabajador.
También permite pactar el descanso fuera del período habitual, comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. La fecha de inicio debe comunicarse por escrito con una anticipación general mínima de 30 días, aunque los convenios colectivos pueden establecer condiciones diferentes.
Cómo se pueden dividir los días de descanso
Una de las modificaciones centrales es la posibilidad de distribuir las vacaciones en más de un período. Por ejemplo, un trabajador que tiene 21 días disponibles puede acordar tomarse 14 días en verano y los siete restantes en otro momento del año.
La empresa no puede imponer unilateralmente el fraccionamiento, ya que la norma requiere el consentimiento de ambas partes. Además, cuando las vacaciones se otorgan por grupos o sectores y no de manera simultánea, el empleador debe organizarlas para que cada trabajador pueda disfrutarlas durante la temporada de verano al menos una vez cada tres años.
Cuántos días corresponden según la antigüedad
La cantidad de días de vacaciones no cambió con la reforma. La escala general continúa dependiendo de la antigüedad que tenga el empleado al 31 de diciembre del año al que corresponde la licencia.
Hasta cinco años de antigüedad: 14 días corridos.
Más de cinco y hasta diez años: 21 días corridos.
Más de diez y hasta veinte años: 28 días corridos.
Más de veinte años: 35 días corridos.
Los días son corridos, por lo que incluyen sábados, domingos y feriados. Para quienes no trabajaron durante la mitad de los días hábiles del año, la legislación contempla un régimen proporcional, que establece un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo.
Qué pasa si el trabajador se enferma durante las vacaciones
La reforma también incorporó una regulación específica para las enfermedades que interrumpen el descanso anual. Si el empleado informa la situación en tiempo y forma y permite el control médico del empleador, los días de vacaciones que no pudo utilizar deben reprogramarse.
El trabajador deberá reincorporarse al finalizar el período originalmente previsto o, si continúa imposibilitado de trabajar, cuando concluya la suspensión correspondiente. Los días pendientes se acuerdan nuevamente conforme a las reglas vigentes para el otorgamiento de las vacaciones.
Cómo se calcula el pago de las vacaciones
La fórmula de cálculo para los trabajadores mensualizados se mantiene. El sueldo mensual se divide por 25 y el resultado se multiplica por la cantidad de días de vacaciones.
Por ejemplo, con un salario mensual de $1.500.000, el valor diario de vacaciones es de $60.000. Si al trabajador le corresponden 14 días, el importe calculado para ese período será de $840.000.
Cuando el sueldo incluye conceptos variables, como comisiones u horas extras, se aplican las reglas específicas previstas por la legislación laboral. El pago de las vacaciones debe realizarse antes del inicio de la licencia.
¿Se pueden cambiar las vacaciones por dinero?
La regla general que impide reemplazar las vacaciones por dinero mientras continúa la relación laboral sigue vigente. El objetivo es garantizar que el trabajador disfrute efectivamente del descanso anual.
La excepción se produce cuando finaliza el vínculo laboral: en ese caso, corresponde liquidar las vacaciones proporcionales que se hayan generado y no utilizado. También se mantiene la posibilidad de acumular hasta un tercio de las vacaciones inmediatamente anteriores, siempre que exista acuerdo entre las partes.
Antes de definir las fechas del próximo descanso, los trabajadores deben revisar las condiciones de su convenio colectivo, ya que puede establecer plazos de aviso u otras disposiciones específicas para su actividad.