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Judiciales > Sigue la causa

Vuelo sanitario: otorgan la eximición de prisión a los 2 médicos investigados y a la cuarta infectada

Alberto Caballero señaló que no tienen antecedentes penales. El beneficio se otorgó bajo caución.

04 de junio de 2020

El juez Alberto Caballero del Primer Juzgado Instrucción otorgó este jueves la eximición de prisión a los 3 médicos sanjuaninos investigados por el vuelo sanitario que trasladó al tercer paciente con coronavirus desde Buenos Aires a San Juan el pasado 4 de mayo. Se trata Javier Porras, coordinador de vuelos sanitarios; Rosa Contreras, jefa de Infectología del Hospital Marcial Quiroga; y L.G., hermana del transportista, médica del Hospital Guillermo Rawson y cuarto caso positivo de Covid-19 en la provincia.

En el caso de Porras, el juez comprobó que carece de antecedentes penales, por lo tanto a requerimiento del fiscal se solicitó la eximición de prisión teniendo en cuenta esa característica personal y la aplicación del artículo 26 del Código Penal: “En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta decisión deberá ser fundada, bajo sanción de nulidad, en la personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de libertad…”

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Caballero sostuvo que Porras presenta una “inexistencia de riesgo procesales” para otorgarle este beneficio bajo la caución juratoria, es decir, que él se comprometa ante el juez de que cumplirá su palabra: no se debe dar a la fuga y tampoco entorpecer la causa.

Sobre Rosa Contreras, la Justicia entendió que la médica tampoco tenía antecedentes y se acogía al artículo 26 del Código. Por eso Caballero otorgó este beneficio que fue en consonancia con el aporte del fiscal.

En el caso de L.G. (la médica infectada) la defensa solicitó el beneficio teniendo en cuenta que  es procedente para comparecer al proceso y colaborar con la Justicia. La contagiada tampoco presenta antecedentes penales, ni peligro de fuga. Ahí el fiscal entendió que debían otorgársele una detención morigerada en el domicilio de la imputada, sin embargo el juez resolvió por su eximición.

POR QUÉ LOS INVESTIGAN

La Justicia está investigando a los médicos por la supuesta organización del vuelo sanitario que terminó trasladando al transportista de 43 años, hermano de L.G., desde Buenos Aires a San Juan. Para sentar esta investigación están analizando distintas pruebas, una de ellas los audios de Rosa Contreras con L.G. Ahí se escucha a la jefa de Infectología decirle que iba a convencer a Porras de otorgarle el traslado, que finalmente se dio el 4 de mayo.

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Para el fiscal Roberto Mallea hubo un “abuso de autoridad” y, en el marco de la denuncia que le realizó el Gobierno provincial a L.G por supuestamente violar los protocolos sanitarios dentro del Hospital Rawson y contraer coronavirus, se los investiga a los 3 por la comisión de los delitos contenidos en los artículos: 205, 206, 207 del Código Penal en perjuicio de la administración pública.

Artículo 205: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Artículo 206: “Será reprimido con prisión de UNO (1) a SEIS (6) meses el que violare las reglas establecidas por las leyes de policía sanitaria”

Artículo 207: “En el caso de condenación por un delito previsto en este Capítulo, el culpable, si fuere funcionario público o ejerciere alguna profesión o arte, sufrirá, además, inhabilitación especial por doble tiempo del de la condena. Si la pena impuesta fuere la de multa, la inhabilitación especial durará de un mes a un año”.

LA DETENCIÓN

Luego de la investigación que surgió por el cuarto caso de coronavirus en San Juan, la Justicia ordenó detener pasada la medianoche del viernes 22 de mayo Rosa Contreras y a Javier Porras.

En un principio, la Justicia entiende que el modo que se habría realizado el traslado del paciente el 4 de mayo del 2020 sería el resultado de un “concierto delictivo” que se pone en evidencia de los archivos de audios que contiene la conversación entre Contreras y L.G.

La Justicia sostiene que Rosa Contreras habría influido personalmente a Porras responsable de la coordinación de vuelos sanitarios de San Juan, burlando las autorizaciones previas que permitirían el traslado del paciente en la aeronave, materializándose una disposición legal y un uso no permitido del avión sanitario a favor del sujeto transportado a espalda de las autoridades de la provincia con grave perjuicio a esta y en procura de satisfacer un interés particular de los denunciados.

RECHAZO DE LA OBRA SOCIAL

Tras conocerse la investigación judicial, Stotac señaló que L.G. presionó para que la obra social no cubriera el traslado del transportista (su hermano) sino que fuera el Gobierno quien se hiciera cargo del vuelo sanitario y su correspondiente costo.

“El 23 o 24 de abril llamó una persona al gremio exigiendo la negativa de la obra social a trasladar a un afiliado. El hombre estaba internado en Buenos Aires con neumonía y en grave estado de salud en terapia intensiva. Ante esto pedimos la historia clínica y el número de teléfono del médico que lo trataba para que nuestro auditor se comunicara”, indicó hace algunas semanas Ricardo Cardozo, titular de la obra social, a DIARIO HUARPE.

En la continuidad de su relato, el sindicalista señaló: “Este es el procedimiento que siempre se hace. Pero esta señora dijo que el paciente era su hermano y se negó a aportarnos los datos al decir que ella era la médica que lo estaba tratando”.

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