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Ya rige en la UNSJ el régimen para alumnos que trabajan o con personas a cargo
El nuevo régimen especial de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) comenzará a regir desde este viernes. El sistema que otorga beneficios a aquellos estudiantes que trabajen, ya sea en empleo registrado o no, o bien, que tengan personas a cargo, empezará a funcionar primero en la Facultad de Ingeniería. Progresivamente, se irá aplicando a las demás unidades académicas.
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El sistema fue aprobado en el Consejo Superior de la universidad el año pasado y surgió de la necesidad de los estudiantes de tener ciertas flexibilidades para estudiar. Funciona para quienes tengan trabajo en blanco o, bien, estén inscriptos en Registro Nacional de Trabajadores/as de la Economía Popular (Renatep), o sea emprendedor/a no registrado/a o autónomo/a. Asimismo, está destinado a estudiantes con personas a cargo.
En un primer momento, se aplicará en la Facultad de Ingeniería. A partir de este viernes 22 de marzo, podrán inscribirse. La carga en el registro es digital, online y podrán acceder a través del campus virtual de la Universidad. Por otro lado, los estudiantes tienen que completar una declaración jurada y firmarla. Y la presentación de esta declaración varía dependiendo de la unidad académica.
Los requisitos para acceder
- Preste servicios, en relación de dependencia, a cambio de una retribución, sin distinción de que el/la empleador/a sea persona humana o jurídica.
- Preste servicios de manera independiente, esté registrado en el Registro Nacional de Trabajadores/as de la Economía Popular (Renatep), o sea emprendedor/a no registrado/a o autónomo/a.
- Esté becado/a con contraprestación de servicios o realice pasantía educativa.
- Sea representante estudiantil, electo y en ejercicio de sus funciones, tanto titular o suplente del Consejo Directivo, Consejo Superior, Consejo y Claustro Departamental; o sea miembro de la Comisión Directiva del Centro de Estudiantes, Federación Universitaria o Asociación Estudiantil.
- Cumpla funciones en el ámbito de la Universidad reconocidas por resolución.
- Que realice de forma habitual tareas relacionadas con el bienestar, sostenimiento de la vida y la asistencia a personas menores de edad; con discapacidad; con o sin patologías, que requieran tratamiento médico o cuidados especiales.
Los beneficios
- Prioridad en la elección de las comisiones que se constituyan en las asignaturas.
- Posibilidad de realizar cambio de comisión de las asignaturas, para adecuarse a los horarios de trabajo o de cuidado de la/s persona/s a cargo, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 1.
- En caso de no existir comisión que sea compatible en día y horario, se habilitarán alternativas formativas, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación u otras que acuerde el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura con los/las estudiantes.
- Acordar con el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, la posibilidad de realizar las actividades evaluativas de manera individual, en caso de que sean grupales y no sea posible su participación.
- Justificación de tardanza de hasta treinta minutos (30') en cualquier actividad obligatoria, exámenes finales y parciales, entre otros.
- Posibilidad de acceder a evaluaciones alternativas consensuadas entre el/la estudiante y el/la profesor/a titular o a cargo de la asignatura, en caso de no poder asistir a las programadas, sean estas: parciales (primera instancia, recuperatorio o extraordinario), prácticos evaluables y coloquios, entre otras; asegurando el número de instancias de evaluaciones establecidas en la planificación de la asignatura.