Publicidad

Para tener en cuenta

El año termina sin ruido: Mirá de cuánto son las multas si vendés pirotecnia

En el departamento de Capital hay una ordenanza que prohíbe la comercialización y venta de pirotecnia y cohetería. Quien no cumpla, deberá pagar severas multas.

POR REDACCIÓN

29 de diciembre de 2017

Si pensás vender pirotecnia para Año Nuevo y sos del departamento de Capital, podrás obtener severas multas. Esto ocurre porque allí rige una ordenanza, la número 11.948 que prohíbe la comercialización y venta de pirotecnia y cohetería.

En el artículo nº 3 de la ordenanza se especifica que “la realización de espectáculos de fuego de artificios destinados al entretenimiento de la población o conmemoración de hechos especiales, deberá contar previamente con la autorización y ser de forma lumínica y no explosiva”.

La persona que no cumpla con la ordenanza será penada con severas multas. En el artículo 5 se establece que el “incumplimiento de lo dispuesto será penado con multas de trescientos (300) a seiscientos (600) litros de nafta y el decomiso del material de pirotecnia, la automática inhabilitación y la clausura del local”.

Publicidad

Esta norma tiene como objetivo principal la seguridad de los vecinos pero, también, proteger a las personas con híper sensibilidad sensorial que sufren con los estruendos.

    Publicidad
    Más Leídas
    Más Leídas
    Publicidad