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Buscan una ley para que padres y sus hijos puedan cenar en restobares

Tras la medida que clausuró el resto bar Rocknrolla por la permanencia de niños con sus padres en el local después de las 22 los comerciantes del rubro están trabajando en un proyecto de ley para modificar el  Artículo 141 del Código de Faltas de la Provincia de San Juan.

POR REDACCIÓN

26 de octubre de 2019

Hace una semana Rocknrolla, el resto bar pub ubicado en Avenida Libertador (oeste) esquina noreste de lateral de circunvalación, no abrió sus puertas por clausura. El motivo: la permanencia en el local de niños (de 13 y 15 años) con sus padres en horario no permitidos. Tal como lo determina el Artículo 141 del Código de Faltas de la Provincia de San Juan.

A partir de ello, la polémica estalló en las redes sociales; y los comerciantes del rubro, autoconvocados para revertir esta situación que la consideran irracional.

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“Estamos hablando cada uno con sus abogados y todos coinciden en que hay que cambiar la ley”, dijo uno de los comerciantes del rubro. “Porque de nada sirven paliativos o consideraciones al margen de la ley. La ley está desactualizada para los tiempos que corren”.

Extreman medidas 

Con lo sucedido en Rocanrolla, los propietarios de restaurantes y resto bares extremaron medidas, y sin quererlo (por la incomodidad de la situación), pasada las 22, piden a padres con sus hijos menores, se retiren del local para evitar la clausura.

“La mayoría lo entiende”, dijo otro comerciante del rubro, “pero es muy difícil el momento por el que pasamos. Y más si las personas son turistas”.

Los comerciantes cuentan que cuando explican a los foráneos los motivos, la mayoría se agarra la cabeza por la existencia de una ley semejante.

Cabe recordar que el Código de Faltas (ley 941-R) dice en su artículo 141:
“El que permita la presencia o permanencia de menores de dieciocho (18) años en establecimientos y horarios destinados a mayores de esa edad, aun cuando lo hicieren acompañados de sus padres, tutores o guardadores, o el que permita la presencia o permanencia de mayores de dieciocho (18) años en establecimientos y horarios destinados a menores de esa edad será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta mil jus (1.000 J), inhabilitación, clausura y/o arresto de hasta quince (15) días”.  

Proyecto de ley

Por estas horas los abogados están trabajando en el texto del proyecto de ley,; que una vez terminado, presentarán en la Cámara de Diputados de la provincia de San Juan.

“Creemos que esto es viable porque a todos, inclusive en el ambiente político, la ley parece anacrónica”, dijo  otro comerciante “No obstante queremos que quede claro que no se está cuestionando a la justicia, sino a una ley que entre todos tenemos que rever”.

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