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El EPRE cruzó a Energía San Juan por desobedecer el decreto: cómo evitar el corte
Por Mauricio Laciar
Desde el Ente Provincial Regulador de la Energía -EPRE- salieron con los tapones de punta y cruzaron a Energía San Juan por continuar diciendo a los usuarios que el Decreto de Necesidad y Urgencia que dictó el presidente Alberto Fernández para impedir los cortes de servicios esenciales no está vigente en la provincia.
A través de un comunicado fueron tajantes al decir que “la provincia de San Juan adhirió a las previsiones del Decreto Nacional Nº 311/20, disponiendo que Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A -distribuidora eléctrica de Caucete- no pueden suspender el servicio a los beneficiarios, debiendo suscribir un plan de pagos de la deuda que se haya generado”.
Al mismo tiempo aclararon cuáles con los usuarios alcanzados por la medida presidencial:
Usuarios Residenciales
*Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; y los inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
*Usuarios que perciben seguro de desempleo.
*Empleadas y Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).
*Exentos en el pago de ABL (alumbrado, barrido y limpieza) o tributos locales de igual naturaleza.
*Los que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, incluyendo beneficiarios de Pensiones no Contributivas; Jubilados; pensionados y trabajadores en relación de dependencia; Trabajadores monotributistas inscriptos.
Otros Usuarios No Residenciales
*Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia, que deben acreditar que no perciben otros beneficios otorgados por el Gobierno de la Provincia de San Juan.
*Las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas afectadas en la emergencia.
*Las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia.
*Las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
¿Cómo evitar la suspensión del servicio?
Desde el EPRE explicaron que se puede evitar la suspensión del servicio adhiriendo a un plan de facilidades de pago.
De hasta seis (6) cuotas sin interés, para los usuarios beneficiarios con suministros en Categoría Residencial Beneficiarios de la Tarifa Social Provincial Ley 1884-A.
De hasta seis (6) cuotas, con intereses a tasa pasiva, para el resto de los usuarios beneficiarios con suministros en categoría Residencial.
Para acceder a estos beneficios los usuarios deben enviar a las empresas distribuidora un formulario, en carácter de Declaración Jurada.
Las distribuidoras pondrán a disposición de los usuarios el formulario Declaración Jurada en la modalidad virtual (no presencial).
Presentado el formulario, la deuda se incluye en las siguientes facturas, como un plan de pago.