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Judiciales > Segunda Circunscripción

En Jáchal estrenaron la oralidad y ya resolvieron una causa laboral de hace cuatro años

“Marcó el comienzo de la agilización y acortamientos de plazos”, dijo el juez Eduardo Vega. Preparan el lanzamiento del Sistema Penal Acusatorio.

POR REDACCIÓN

27 de julio de 2021

En la Segunda Circunscripción Judicial (Jáchal – Iglesia) estrenaron la oralidad y en las últimas horas resolvieron una causa laboral iniciada en el 2017. Este hecho marcó un precedente en este juzgado para desarrollar a futuro otros procedimientos de este estilo. La resolución “es el comienzo de la agilidad en la resolución de causas y acortamiento de plazos”, explicó a DIARIO HUARPE Eduardo Vega, juez titular que subroga parte de las causas que estaban a cargo de Javier Alonso, magistrado que está siendo investigado por el Jurado de Enjuiciamiento.  

El magistrado mencionó que en esta oportunidad fue un hecho perteneciente al fuero laboral, aunque también hay causas civiles dentro de ese juzgado que deben seguir el mismo trámite para su conclusión.  

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En estos dos departamentos todavía no impera el Sistema Penal Acusatorio que ya se lanzó en febrero en la primera circunscripción del Gran San Juan,  pero esto servirá para poner a punto los mecanismos y estructuras así se aplica cuanto antes. “La oralidad es efectiva para estas cuestiones”, indicó Vega. 

La causa en cuestión inició en 2017 donde se trabó la litis. Todo avanzó y el 13 de abril de este año concretaron la audiencia inicial en donde fijaron la citación de testigos y el aporte de pruebas, aunque las partes acordaron cerrar el asunto bajo la mirada conciliadora del juez.

En este caso puntual la demanda la inició Eva Nélida Somerbille contra Enseñar a Emprender SRL. Sin embargo, las partes llegaron a una conciliación y pidieron la homologación. El demandado se comprometió a pagar la suma de $100.000, aunque no implicó el reconocimiento de los hechos invocados por la actora. El monto se hará efectivo en dos cuotas de $50.000 cada una. La primera tiene vencimiento el 10 de agosto, mientras que la segunda el 10 de septiembre.

El juez avaló que los pagos efectuados se realicen mediante depósito judicial a cuyo fin libraron oficio al Banco San Juan. La empresa también fue compelida a cumplir los gastos de los honorarios de los profesionales que intervinieron. Para eso deberá destinar un 20% de la suma total acordada entre los involucrados.

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En la causa detallaron que la falta de pago de cualquiera de las cuotas producirá la caducidad de las restantes sin necesidad de intimación o requerimiento alguno. La actora puede reclamarle el total de lo adeudado por el procedimiento de ejecución de sentencia. La decisión de las partes fue homologada por el juez que dio concluida la disputa judicial por medio de la plataforma Zoom.

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