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Escondían un arma en el huevito de su bebé: condenaron a la pareja
La pareja fue condenada tras el secuestro de dos armas cargadas durante un tiroteo entre grupos en Santa Lucía.
La Justicia condenó este jueves a la pareja que fue detenida tras un enfrentamiento entre bandas en Santa Lucía, luego de que la Policía descubriera que ocultaban armas de fuego y que una de ellas era trasladada debajo de un bebé de apenas 9 meses, dentro del portabebé conocido como "huevito".
El caso ocurrió durante la madrugada del 4 de agosto, cuando un llamado al 911 alertó sobre un intercambio de disparos entre grupos enfrentados en inmediaciones de Benavídez y Colón, en el límite entre los departamentos de Santa Lucía y Chimbas. Al llegar al lugar, efectivos policiales encontraron a varias personas involucradas en el episodio y concretaron distintas aprehensiones.
Entre los detenidos estaban un hombre de apellido Maurín, de 26 años, y una mujer de apellido Aballay, de 22. Según explicó el fiscal Adrián Gerarducci, la joven llevaba consigo el huevito de su hijo de nueve meses y, debajo del bebé, los policías hallaron una pistola calibre 9 milímetros con municiones. La pericia balística determinó que el arma era apta para el disparo y presentaba signos de haber sido utilizada poco antes del procedimiento.
En tanto, Maurín también fue reducido en el lugar luego de enfrentarse al personal policial. Durante la requisa le secuestraron un revólver calibre .38, también apto para el disparo y considerado un arma de guerra de uso civil condicional.
La investigación avanzó bajo el procedimiento especial de Flagrancia y, durante la audiencia realizada este jueves, el Ministerio Público Fiscal imputó a ambos por portación ilegítima de armas de fuego de guerra. Antes de elevar la causa a juicio, la defensa propuso una salida mediante juicio abreviado, acuerdo que finalmente fue homologado.
Como resultado, Maurín fue condenado a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, pena que deberá cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.
En el caso de Aballay, recibió la misma condena de tres años y seis meses, pero bajo la modalidad de prisión domiciliaria. El fiscal explicó que no se opuso a esa alternativa por razones humanitarias, ya que la mujer es madre de un bebé de nueve meses que aún requiere cuidados y alimentación materna. La medida está contemplada en el artículo 10 del Código Penal para madres de hijos menores de cinco años.
Gerarducci destacó que ninguno de los dos registraba antecedentes condenatorios, por lo que esta sentencia constituye el primer antecedente penal para ambos. No obstante, remarcó la gravedad del hecho al señalar que las armas estaban cargadas, eran aptas para disparar y existían indicios de que habían sido utilizadas momentos antes del operativo, en un contexto de enfrentamiento armado que representó un serio riesgo para la seguridad pública y para la integridad del propio bebé.