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Judiciales > Comunicado oficial

La Justicia de San Juan duplicó el período de licencia en casos de adopción

Mediante un comunicado oficial, la Corte de Justicia duplicó el período de licencia en casos de adopción con goce de haberes para los agentes judiciales que acrediten la guarda.

POR REDACCIÓN

13 de agosto de 2024

La Corte de Justicia de la provincia ha decidido duplicar el período de licencia en casos de adopción, según lo establecido en el Acuerdo General N.º 60/2024. La medida fue adoptada en una sesión encabezada por el Presidente del máximo tribunal, Marcelo Jorge Lima, y contó con la participación de la ministra Adriana García Nieto, junto a los ministros Daniel Olivares Yapur, Juan José Victoria y Guillermo Horacio De Sanctis.

Con esta disposición, se sustituye el inciso c) del artículo 40 del Acuerdo General N.º 24/98. El nuevo texto establece que todo agente judicial que acredite la guarda con fines de adopción de un niño, niña o adolescente tendrá derecho a una licencia con goce de haberes por un período de noventa (90) días corridos a partir de la fecha de la resolución judicial que otorgue la guarda. Esta licencia deberá ser solicitada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al otorgamiento de la guarda. En caso de que se otorgue la guarda de más de un menor de forma simultánea, la licencia se extenderá a ciento cinco (105) días corridos.

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El acuerdo también estipula que la licencia solo se otorgará a un guardador, salvo en los casos de guarda múltiple y simultánea, donde se concederá una licencia adicional de diez (10) días hábiles, extendiéndose a quince (15) días hábiles.

El documento subraya que no existe una justificación válida para el trato diferenciado en el plazo de licencia por maternidad, ya sea biológica o adoptiva, y que es crucial promover y fortalecer el vínculo entre madre e hijo en ambos casos, tanto desde una perspectiva psicológica como humanista.

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