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La Justicia ordenó indemnizar a una familia tras impedirle ingresar a un restaurante

La Cámara de Apelaciones confirmó la condena contra un restaurante que negó el ingreso de un niño con síndrome de Asperger y TEA acompañado por su perro guía

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
El acto derivó a una indemnización millonaria. 

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes confirmó la condena contra un restaurante que le impidió ingresar a un niño con síndrome de Asperger y trastorno del espectro autista (TEA) porque estaba acompañado por su perro guía. El tribunal consideró que el hecho constituyó un acto de discriminación y ratificó tanto la indemnización a favor de la familia como la aplicación de una multa civil contra la empresa responsable.

El episodio ocurrió cuando la familia intentó ingresar al local gastronómico junto al menor y al animal de asistencia. Pese a que los padres exhibieron la documentación que acreditaba la función del perro guía y explicaron la condición del niño, el personal del restaurante les negó el acceso. A raíz de esa situación iniciaron una demanda por los daños sufridos.

La empresa buscó reducir la condena

Tras el fallo de primera instancia, el restaurante apeló la sentencia y pidió una reducción de las indemnizaciones. También solicitó dejar sin efecto el daño punitivo al sostener que no existió una conducta dolosa ni una negligencia grave que justificara esa sanción excepcional. Incluso propuso disminuir considerablemente el monto fijado para el niño y sus padres.

Sin embargo, la Cámara rechazó esos planteos. Los jueces señalaron que el hecho no representó una simple incomodidad para la familia, sino un trato indigno y discriminatorio que vulneró derechos fundamentales del menor. Además, remarcaron que durante el proceso quedó acreditado el impacto emocional que provocó el episodio.

Los fundamentos del tribunal

En la sentencia, el tribunal sostuvo que la negativa del restaurante violó normas de protección al consumidor y legislación antidiscriminatoria, además de derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. También destacó que la empresa actuó con una grave indiferencia frente a la documentación presentada por la familia para acreditar que el perro cumplía funciones de asistencia.

Respecto del daño punitivo, los magistrados recordaron que se trata de una sanción excepcional prevista en la Ley de Defensa del Consumidor para castigar conductas especialmente graves. En este caso entendieron que impedir el ingreso, pese a conocer la condición del niño y la función del animal, justificaba plenamente su aplicación.

Un antecedente sobre inclusión y accesibilidad

Con esta decisión, la Cámara dejó firme la condena contra el restaurante y reforzó el criterio de que los establecimientos abiertos al público deben garantizar el acceso de las personas con discapacidad acompañadas por perros guía o de asistencia.

El fallo también pone el foco en la obligación de respetar el derecho a la igualdad y a la inclusión, al considerar que este tipo de episodios trasciende un conflicto comercial y afecta derechos esenciales de las personas con discapacidad y de sus familias.

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