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Judiciales > Pueden apelar

La Justicia rechazó la probation para los imputados por la fiesta clandestina de Santa Lucía

Los 48 jóvenes podrían recibir una condena por violar las disposiciones contra la pandemia.

05 de noviembre de 2020

Durante la madrugada del viernes 11 de septiembre, un procedimiento del Fuero especial de Flagrancia terminó con la detención de 48 personas, además del secuestro de 28 automóviles y de más de 50 botellas de bebidas alcohólicas. Los participantes de la reunión clandestina, que se desarrollaba en una casa del Barrio Privado Casa Grande de Santa Lucía, quedaron imputados por incumplir el aislamiento social y obligatorio, específicamente por violar los artículos 205 y 239 del Código Penal.

Una semana después de aquel hecho, en el Teatro Municipal de la Capital se realizó la primera audiencia en la que desfilaron tanto los jóvenes imputados como sus abogados, la mayoría de los letrados reconocidos en el ambiente tribunalicio de San Juan, como César Jofré, Filomena Noriega, Leonardo Villalba, Fernando Echegaray, entre otros.

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En esa oportunidad y en dos jornadas posteriores, también celebradas en el teatro capitalino, los abogados defensores le solicitaron al juez Eduardo Raed la suspensión del juicio a prueba o probation: esto es aceptar una condena a cambio de realizar tareas comunitarias y el pago de una suma simbólica de dinero.

No obstante, los fiscales Iván Grassi y Claudia Salica se opusieron argumentando que una directiva del fiscal General de la Corte, Eduardo Quattropani, que dictara durante la vuelta de San Juan a la Fase 1 tras el brote de coronavirus en agosto, sólo les permite a los fiscales y a la defensa acordar este beneficio sin la intervención del juez.

Tras este fracaso de la estrategia de los defensores, la causa pasó a la Justicia ordinaria. Es que precisamente como no hubo acuerdo entre las partes, los 14 abogados patrocinadores presentaron las impugnaciones que terminaron por resolverse este jueves. En un proceso que llevó más de dos horas y media, el juez de la Sala II de la Cámara Penal, Juan Bautista Bueno, declaró “inadmisibles los aportes llevados a cabo por los impugnantes”, según consta en la resolución a la que tuvo acceso DIARIO HUARPE.

En el inciso E de la resolución firmada por Bueno se destaca que “oportunamente disponer la remisión del presente legajo de apelación al Fuero especial de Flagrancia para la continuación del proceso”. En otras palabras, el magistrado rechazó la primera apelación y los 48 jóvenes atrapados in fraganti en la fiesta clandestina quedaron más cerca de una condena por parte de Flagrancia que sería una condena de cumplimiento condicional.

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Ahora a los imputados les queda presentar un recurso de Casación y que la sea la Corte de Justicia la que resuelva las impugnaciones, pero si el máximo tribunal también las rechaza entonces la causa regresará a Flagrancia y un juez los condenará o absolverá en un juicio ordinario de ese fuero.

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