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Provinciales > Sanciones más altas

Proponen que Defensa al Consumidor multe de acuerdo al valor de la Canasta Básica Total

La iniciativa fue presenta en la Legislatura Provincial y esperan su tratamiento lo antes posible.

10 de abril de 2023
Con las nuevas modificaciones, los consumidores estarán más protegidos. Foto de archivo.

Presentaron un proyecto de ley en la Cámara de Diputados de San Juan para modificar el monto de las multas de Dirección de Defensa al Consumidor. Quieren que los valores estén establecidos de acuerdo al valor de la canasta básica y no en pesos como en la actualidad. Esto permitiría que las multas se actualicen automáticamente de acuerdo a la inflación.

La iniciativa fue creada por el diputado Edgardo Sancassani, perteneciente al bloque Bloquista, y presentado en marzo del corriente año. La modificación a la ley 898-D de Defensa del Consumidor propone una nueva manera de establecer los montos de las multas para los comercios que incumplen sus contratos con los clientes. La normativa vigente fija los montos en pesos, pero ahora esto podría reemplazarse de acuerdo al valor de la canasta básica total para que se renueven de forma automática acorde a la inflación.

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Según el proyecto de ley, las sanciones serían “equivalente a una suma comprendida en la escala de 0,5 a 2.100 Canasta Básicas total (CBT) para el hogar tres, que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo de la República Argentina (Indec)”. En este sentido, el último informe de la entidad nacional señaló que la CBT para tres integrantes equivale a $140.963. Es decir, la penalidad mínima en este momento sería de $70.481 y la máxima de $296.022.300. "Es un valor determinado para la multa y eso se va actualizando", expresó Sancassani a DIARIO HUARPE.

Otro punto novedoso en la legislación propuesta es el agravamiento de las multas en caso de afectar a personas hiper vulnerables. El artículo 49º bis indica que: “Si al verificarse la existencia de infracción, se constata además que la misma fue cometida en contra de un consumidor hiper vulnerable, o colectivo de consumidores hiper vulnerables, la autoridad competente podrá aplicar las sanciones revistas el artículo 49º incisos b, d y e, si las circunstancias del caso así lo ameritan”.

Esto quiere decir que si las personas damnificadas son adultos mayores, personas con discapacidad o cualquier colectivo vulnerable el establecimiento comercial deberá pagar la multa correspondiente y también se le podrá clausurar el local hasta 30 días e incluso suspender hasta cinco años en los registro de proveedores que posibilitan contratar con el Estado, de acuerdo a la decisión de la autoridad competente.

"Esa persona será defendida y la empresa tendrá una multa más severa, Pocas provincias en el país tienen incorporados a las personas hiper vulnerables", dijo el diputado Sancassani.

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Esperan que pronto estén aprobadas las reformas al Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios para que el organismo público empiece a aplicar nuevos valores y pueda proteger con más énfasis a los sanjuaninos que día a día consumen en compañías, tanto de origen local como en multinacionales.

Dato

En la actualidad la normativa establece una multa de $500 a $500.000 de acuerdo a ley N.º 898-D.

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