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Economía > Boletín Oficial

Sancionarán a comercios que realicen prácticas desleales

El Gobierno aprobó la normativa de lealtad comercial para asegurar transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados.

POR REDACCIÓN

22 de abril de 2019

Por decreto, el Gobierno aprobó una Ley de Lealtad Comercial con el objetivo de asegurar la lealtad y transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados, con sanciones que van desde multas hasta la clausura por 30 días de los establecimientos.

A través del decreto 274/2019, de necesidad y urgencia, con la firma del presidente Mauricio Macri y de todos los ministros, se prohíben los actos de competencia desleal cualquiera sea la forma que adopten, el medio a través del cual se realicen y el mercado en el que tengan lugar.

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"No será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial", indicó la norma, publicada en el Boletín Oficial.

El Gobierno sostuvo que no existe una norma general que unifique las conductas desleales y que por eso "deviene necesario definir una regulación integral y sistematizada".

"La medida propiciada se enmarca en razones de estricto interés público, impulsando la creación de una herramienta institucional y moderna, a través de la cual el Gobierno Nacional posibilite, mediante la prohibición y sanción de actos y prácticas desleales, el desarrollo de un comercio justo y competitivo", agregó.

De acuerdo con el decreto, constituye un acto de competencia desleal "toda acción u omisión que, por medios indebidos, resulte objetivamente apta para afectar la posición competitiva de una persona o el adecuado funcionamiento del proceso competitivo".

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Fuente: Ámbito Financiero

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