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Judiciales > Decisión judicial

Se registró el tercer caso de aborto no punible en San Juan

Se trata de una menor de 12 años que fuera violada en un departamento del Norte provincial. Fue por pedido de sus padres. 

POR REDACCIÓN

09 de octubre de 2019

En las últimas horas se registró el tercer aborto no punible realizado en San Juan. En esta oportunidad se trató de una menor de 12 años que fue violada en un departamento del Norte provincial. 

La menor contó que fue sometida por un vecino. Luego se supo que este hombre de unos 30 años era amigo personal del padre de la nena. Es más se conoció que este hombre incluso ya había acosado a las dos hermanas mayores. 

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Finalmente, el hombre logró reducir a la niña y la sometió sexualmente en el interior de una vivienda abandonada. La menor le contó lo sucedido a su familia que puso la denuncia. Entonces llegó la hora de los peritajes y controles médicos. Los especialistas determinaron que debían internarla. 

Poco después, haciendo uso de su derecho, los papás solicitaron la interrupción legal del embarazo. La Justicia determinó la necesidad de hacer el procedimiento amparados en la ley y los médicos realizaron la practica que consistió en el suministro de una medicación específica que interrumpió la gestación que tenía algunas semanas. 

Esta interrupción legal de un embarazo es la tercera que se realiza en la provincia. Ya el 3 de abril de este año las autoridades autorizaron la interrupción de la gestación que llevaba adelante una niña de 11 años que fuera abusada por su padrastro en un humilde rancho que ocupaban en la zona del Médano de Oro.  

 

En este caso la niña llegó a tener 19 semanas de gestación al momento en el que se realizó el procedimiento. Toda la historia de horror que venía soportando la nena se conoció después de que ella se descompensó en la escuela. Sus docentes la llevaron a un puesto sanitario cercano y allí se encontraron con que la niña estaba embarazada.

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De inmediato el padrastro fue detenido, luego detuvieron a la madre de la menor, pero luego la liberaron. Mientras tanto, la Justicia y el Gobierno comenzaron a investigar la forma en la que vivía la niña junto a su madre, su hermana más chica y este hombre quien la acató sexualmente. 

En este caso las asesoras de Menores contaron que la niña contaba con apoyo y contención psicológica y que fue ella misma quien pidió no continuar con el embarazo. De manera paralela desde la Dirección de Niñez empezaron a evaluar el entorno familiar la víctima y su hermanita de 5 años, ambas quedaron al cuidado del Estado.

El primer caso de aborto no punible se registró el día 27 de agosto de 2018. Esta vez la víctima fue una menor de 14 años con un retraso madurativo que fue violada. La denuncia la hizo una vecina y se supo que los padres pidieron interrumpir el embarazo. Este hecho generó gran revuelo y protestas de militantes provida. De hecho hasta hubo un matrimonio de un médico y una abogada que tienen una causa en la Justicia por intentar entorpecer el procedimiento médico.

Marco legal

La provincia no cuenta con un protocolo de acción específico aplicable a casos de interrupciones legales de embarazos. Para ello se basa en el artículo 86 del Código Penal y en el fallo F.A.L de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esta norma data del año 1921 determina que los abortos no son punibles en dos supuestos: si existe un peligro para la vida o la salud de la madre o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente.

 

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