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Política > Senado

Victoria Villarruel autorizó el voto remoto de Anabel Fernández Sagasti en la próxima sesión

La vicepresidenta firmó un decreto que permite a la senadora mendocina participar de manera virtual en las sesiones de la Cámara alta.

POR REDACCIÓN

04 de agosto de 2026
Anabel Fernández Sagasti, senadora UxP, pidió votar este jueves de manera virtual desde Mendoza. (Foto: Mario Mosca / Comunicación Institucional Senado)

La vicepresidenta Victoria Villarruel firmó este martes un decreto que autoriza a la senadora nacional por Mendoza, Anabel Fernández Sagasti, a participar con voz y voto de manera remota en las sesiones del Senado. La medida responde a un pedido formal de la legisladora, quien atraviesa un embarazo de riesgo de 32 semanas y tiene contraindicado por prescripción médica viajar desde Mendoza hasta Buenos Aires.

La resolución establece que la autorización estará vigente "mientras subsista la restricción médica acreditada" o hasta el inicio de la licencia por maternidad prevista por la ley, lo que ocurra primero. Además, dispone que la participación virtual deberá realizarse preferentemente desde la sede de la Legislatura de Mendoza, aunque aclara que ese lugar no constituye un requisito indispensable siempre que se garanticen las condiciones técnicas para el desarrollo de la sesión.

El decreto fue dictado "ad referéndum" del Senado, por lo que tendrá aplicación inmediata, pero deberá ser ratificado por el pleno de la Cámara alta en la primera sesión que se celebre. Villarruel fundamentó la decisión en las facultades de urgencia que le otorga el Reglamento del Senado, aunque recordó que la definición sobre las modalidades de funcionamiento del cuerpo corresponde exclusivamente a los senadores, en línea con lo dispuesto por el artículo 66 de la Constitución Nacional.

Como respaldo jurídico, la resolución cita el fallo de la Corte Suprema en la causa "Fernández de Kirchner, Cristina en carácter de Presidenta del Honorable Senado de la Nación s/ acción declarativa de certeza", en el que el máximo tribunal sostuvo que la Constitución no impide la realización de sesiones remotas y que corresponde al propio Senado reglamentar esa modalidad.

La decisión se conoce en la antesala de una sesión que se anticipa especialmente disputada. El próximo jueves, la Cámara alta debatirá la denominada Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsada por el ministro Federico Sturzenegger, que introduce modificaciones al régimen de propiedad rural, expropiaciones, desalojos y manejo del fuego, además de establecer un nuevo límite para la venta de tierras a extranjeros.

El proyecto acumula varios meses de postergaciones y aún no cuenta con los votos necesarios para su aprobación. En ese contexto, la posibilidad de que Fernández Sagasti participe de manera remota incorpora un nuevo elemento de tensión política, ya que la senadora mantiene una posición crítica respecto de la iniciativa y su voto podría resultar determinante en una definición que se prevé ajustada.

La discusión no solo girará en torno al contenido de la reforma, sino también sobre la incorporación del voto remoto en una sesión cuyo temario ya había sido acordado. "¿Me van a dejar sin votar por estar embarazada?", cuestionó Fernández Sagasti este martes a través de sus redes sociales.

Por su parte, la vicegobernadora de Mendoza y titular de la Legislatura provincial, Hebe Casado, quien había cuestionado públicamente a la senadora por su postura frente al proyecto oficialista, avaló que estén dadas las condiciones para que participe desde ese recinto.

El decreto también recuerda que el Senado ya utilizó la modalidad remota durante la pandemia de COVID-19 mediante los Decretos de Presidencia N° 8/2020 y N° 11/2020, antecedentes que la resolución invoca como prueba de la capacidad técnica e institucional de la Cámara para sesionar a distancia cuando existen circunstancias excepcionales.

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