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Economía > Para deudas vencidas

AFIP implementó un nuevo plan de pagos que tendrá hasta 120 cuotas

Podrán incluirse las deudas hasta el 15 de agosto y tendrá una tasa máxima del 2,5% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos.

POR REDACCIÓN

21 de agosto de 2019

La AFIP implementó un nuevo plan de pagos para las deudas vencidas hasta el 15 de agosto. Las mismas tendrán una tasa máxima del 2,5% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos. Esta medida es parte de las anunciadas por el presidente Mauricio Macri la semana pasada.

Los contribuyentes podrán ingresar en esta iniciativa entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre. El primer pago de este plan se hará en el mes diciembre, según establece la resolución general 4557 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial.

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Para estos contribuyentes se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta. También, la suspensión por 90 días corridos de la traba de medidas cautelares.

"Hasta ahora, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas y permitía incluir las obligaciones exigibles hasta abril último. En este sentido, a partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior. El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales", informaron desde AFIP.

Para micro, pequeñas, medianas empresas y monotributistas autónomos, el plan incluye hasta 120 cuotas con un tope de tasa de 2,5%. Mientras que para el resto de los contribuyentes, el plan puede ser de 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%, 48 cuotas con un pago a cuenta de 10% y 60 cuotas con un pago a cuenta de 20%.

En cuanto a las obligaciones anuales (Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales) se podrán financiar a través del Miniplan que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.

Sobre la bonificación del Monotributo, la resolución general 4556 dispuso bonificar el pago del componente impositivo de la cuota del mes próximo.

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El beneficio alcanza a los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que ya cumplieron con las obligaciones de pago mensual correspondientes a los períodos enero-agosto de 2019, o hubieran regularizado esas cuotas en los planes de facilidades de pago vigentes.

Fuente: Infobae.

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