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Condenaron a un hombre por abusar a una niña de 9 años, pero no irá a prisión
Condenaron a un hombre por abusar a una niña de 9 años, pero no irá a la cárcel. El hecho ocurrió en San Juan y este viernes, el victimario llegó a un arreglo de juicio abreviado.
POR REDACCIÓN
La justicia sanjuanina dictó una condena de siete meses de prisión de ejecución condicional contra L.T.R.B. por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de una menor de 9 años de edad. La resolución se alcanzó en una audiencia de juicio abreviado celebrada este viernes 4 de julio de 2025, tras un acuerdo entre la fiscal Valentina Bucciarelli, el imputado y su defensa María Filomena Noriega.
El caso llegó a la UFI Anivi tras la denuncia de la directora de la escuela a la que asistía la víctima. Fue investigado por la fiscal Dra. Valentina Bucciarelli, asistida por los doctores Nahuel Ibazeta, Luciana Fasoli, Victoria Ruiz y la colaboradora Rocío Toledo.
Según la denuncia inicial, presentada por la directora del establecimiento educativo y la evidencia recolectada, se pudo determinar que el imputado L.T.R.B abusó sexualmente de la niña cuando esta ya tenía 9 años de edad.
Los hechos ocurrieron un día de calor, aproximadamente a las 16 horas, entre mediados de febrero y abril. En ese momento, la menor se encontraba en su vivienda junto a su abuela y su hermano, mientras su padre estaba trabajando.
El imputado llamó a la niña con el pretexto de entregarle algo que su padre le había encargado. Se dirigieron a la vivienda del fondo donde residía el agresor. Una vez que la menor ingresó, cerró la puerta y comenzó el calvario. Los manoseos del agresor sexual terminaron cuando la niña salió corriendo. Toda esta secuencia fue relatada por la propia menor en su declaración en Cámara Gesell.
La juez de garantías Celia Maldonado formalizó la Investigación penal preparatoria contra L.T.R.B. por el delito de abuso sexual simple en calidad de autor.
Tras el acuerdo de juicio abreviado, la juez declaró la culpabilidad y condenó a L.T.R.B. a la pena mencionada. Además de la condena, se le impusieron medidas restrictivas importantes para proteger a la víctima y su entorno: una prohibición de acercamiento y contacto a la menor y a su grupo familiar a no menos de 500 metros, por un plazo de dos años. También se le prohibió realizar actos turbatorios y molestos por cualquier medio o vía, ya sea por sí mismo o por interpósita persona.