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Política > Revés judicial

DNU de Milei: ordenaron suspender un artículo que afectaba a productores de yerba

Una jueza de Misiones concedió una cautelar a un grupo de productores disconformes, entre otros motivos, porque el Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) se quedó sin la potestad para fijar precios, y suspendió un capítulo del DNU que comprometía al sector.

POR REDACCIÓN

12 de enero de 2024
La causa fue remitida a un Juzgado Federal de Posadas. (Foto: gentileza). 

La Justicia de Misiones resolvió suspender las modificaciones que apuntaban a la desregulación yerbatera en el DNU 70/2023 de Javier Milei. Así lo dispuso el Juzgado Civil y Comercial N.º 8, a cargo de Adriana Fiori, que determinó una medida cautelar en favor de pequeños productores de yerba mate y ordenó que la causa sea tomada por la Justicia Federal.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU de Milei, en su capítulo yerbatero, promovió la derogación de los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 de la ley 25.564, que en 2002 creó el Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym). Entre otras cosas, con el DNU el presidente eliminó la potestad que tenía el organismo de regular los precios de la materia prima, entre otras funciones. En este marco, la jueza decidió suspender el capítulo yerbatero para que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del INYM.

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Vale recordar que días atrás, tras un planteo del gobierno de Misiones, la Justicia Federal se declaró incompetente para pronunciarse sobre la desregulación yerbatera. Alejandro Gallandat, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, dictaminó que al estar involucrada una provincia contra el Estado Nacional debe ser la Corte Suprema la que decida sobre la cuestión de fondo: si el DNU es o no constitucional.

Fiori en el texto señala que “es innegable que el pequeño productor yerbatero y sus familias, beneficiarios del mencionado convenio, son el segmento más vulnerable de toda la cadena de producción, y que en el contexto socioeconómico actual no puede desatenderse el pedido de que se garantice un derecho tan fundamental como el de la salud integral, con la urgencia que el caso impone.

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