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Provinciales > Empieza este lunes

En detalle: cómo es la nueva etapa de la cuarentena administrada en San Juan

Hay más excepciones. Deberán cumplir medidas sanitarias.

POR REDACCIÓN

26 de abril de 2020

El Gobierno de San Juan brindó detalles de las nuevas actividades exceptuadas en la cuarentena administrada, en esta etapa que arranca el lunes y se extiende hasta el 10 de mayo en todo el país, según un decreto presidencial anunciado el sábado en la noche.

En la provincia se habilita ahora el trabajo de los profesionales liberales, las industrias, las peluquerías y el servicio doméstico. Todos, por supuesto, deben cumplir las medidas de protección.

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Además, el Gobierno recordó que continúa restringida la libre circulación de la población de riesgo, es decir, personas mayores de 60 años, embarazadas, gente con patologías crónicas y menores a 18 años.

En San Juan no se instrumentan aún las salidas de esparcimiento que permitió Nación. Esta semana emiten un protocolo al respecto.

Sobre la cuarentena obligatoria de 14 días que deben cumplir quienes ingresan en la provincia, se aclaró que el tiempo puede ser ampliado como máximo por 7 días.

Nuevas excepciones:

Industrias

Según el DNU 524/2020 y la posterior resolución administrativa N° 179/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, están autorizadas a funcionar las empresas que realicen procesos de fabricación con destino final de exportación que cuenten con órdenes de compra internacionales.

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También, las actividades fabriles con procesos industriales específicos cuyo fin sea la producción de bienes destinados a la provisión directa de las actividades y sectores enumerados en el anexo I de la resolución 179/2020.

Para obtener las autorizaciones será necesario tener un protocolo sanitario que garantice el cumplimiento de las medidas establecidas en el protocolo provincial COVID-19. Tendrá que ser elaborado por autoridades competentes en la materia, matriculados y deberá ser firmado por la máxima autoridad legal de la empresa. Luego lo deberá aprobar el Ministerio de Salud Pública.

En cuanto a las industrias no contempladas en las excepciones vigentes,  tendrán que presentar su pedido de autorización para producir y el protocolo de prevención del coronavirus ante el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico. Una vez aprobado por Salud y aprobado el protocolo, elevarán la propuesta al Ministerio de Producción de la Nación para solicitar la excepción.

Profesiones

Se trata de las profesiones que tengan un menor distanciamiento social y contacto con las personas como: médicos, odontólogos, bioquímicos, kinesiólogos, psicólogos, trabajadores sociales, nutricionistas, fonoaudiólogos y psicopedagogos.

Los colegios o asociaciones que los representen deberán presentar el protocolo para ejercer la profesión ante el Ministerio de Salud Pública. Este deberá ser aprobado para comenzar a trabajar.

Los trabajos en los que haya un mayor distanciamiento social y poca contacto con las personas tendrán que tener en cuenta las exigencias detalladas en el capítulo 2 del protocolo.

Peluquerías

Podrán funcionar de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 si cumplen con algunas medidas como el colocar en la puerta un paño con lavandina para desinfectar la suela del calzado antes de ingresar.

Además, tendrán que tomar la temperatura de los clientes antes de que entren. En caso de que superen los 37,5º no podrán atenderlos y deberán comunicar la situación a la autoridad sanitaria.

Los trabajadores deberán contar con tapabocas o mascarillas, guantes y pechera de trabajo. Estos deberán ser provistos por el empleador. En caso de ser descartables, deberán ser desechados después de ser utilizados con cada cliente. Si son reutilizables habrá que desinfectarlos antes de atender a los clientes.

Todos los elementos que utilicen el profesional y que estén en contacto con quienes vayan, deberán ser limpiados y desinfectados antes de comenzar con la atención de cada uno de los asistentes y al finalizar la jornada laboral.

La atención se brindará mediante turno previamente pactado. Al otorgar los turnos hay que tener en cuenta el distanciamiento entre personas por lo que habrá que considerar el tipo de trabajo a realizar, la demora, la circulación dentro del establecimiento y la cantidad de personas que trabajan al mismo tiempo. La ocupación del establecimiento debe ser del 50% del factor de ocupación autorizado.

Si hay personas con necesidad de ir con acompañante, a la hora de dar el turno deberá considerarse a las 2 personas que tendrán que respetar las normas establecidas.

A los clientes tendrán que colocarles una bata o toalla higienizada y desinfectada que luego deberá ir a un cesto para ser lavada.

Está prohibido el uso de revistas o material de lectura en el local, como así también el consumo de bebidas o alimentos.

Por el momento hay oficios que no pueden ejercer: masajistas, manicuras, centros de estética, entre otros.

Trabajadores de casas particulares

El empleador deberá controlar la temperatura del trabajador cuando esté por ingresar a la casa. En caso de superar los 37,5° no podrá entrar y tendrá que comunicar esto a la autoridad sanitaria.

Cuando ingrese tendrá que lavarse las manos y pulverizar la ropa y el calzado con desinfectante.

El empleador deberá poner a disposición del trabajador alcohol en gel, jabón, tapabocas o máscaras y guantes descartables.

El Gobierno recomienda evitar la utilización del transporte público por parte del trabajador y promover el uso de movilidades propias.

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