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Economía > Dólar turista

Las compras en dólares hechas antes de la de la ley no pagarán el 30%

Quienes hayan hecho compras con tarjeta antes de la sanción de la ley no tendrán que pagar con un dólar 30% más caro aun cuando el cierre de la tarjeta sea con posterioridad. 

POR REDACCIÓN

19 de diciembre de 2019

Este miércoles el Congreso comenzó a debatir el proyecto de ley que busca grabar con un impuesto del 30% para todas las compras realizadas en el exterior del país. Como resultado de ese debate hubo una importante modificación.

El proyecto original señalaba que estarían alcanzados por el impuesto todos los gastos que se liquiden luego de sancionada la ley, aun cuando hubieran sido hechos antes, el nuevo dictamen establece una exclusión y deja fuera del gravamen a las compras hechas antes de la sanción de la norma.

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En el artículo 40 del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados señala que el impuesto "será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha".

Según lo acordado en comisión, los gastos hechos antes de la sanción de la ley no serán alcanzados por el tributo. Así, quienes hayan hecho compras con tarjeta en fechas previas a la sanción de la ley estarán eximidos de tributar aun cuando el cierre de la tarjeta utilizada y su pago ocurra con posterioridad.

El proyecto de ley original decía, en el inciso b del artículo 35, que el impuesto se aplicaría "en la fecha de cobro del resumen o liquidación de la tarjeta de que se trate", y establecía que se cobraría en su totalidad en una sola vez "aun cuando el saldo resultante del mismo se abone en forma parcial".

El texto del dictamen

La modificación se aplica en el tributo establecido en el artículo 32 del proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, llamado impuesto para una argentina inclusiva y solidaria (PAIS). Se trata de un impuesto del 30% sobre los gastos en moneda extranjera que aplica, entre otras cosas, a la compra de bienes y servicios en el exterior vía plataformas, pasajes al extranjero o divisas para atesoramiento.

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La medida fue anunciada el martes por el ministro de Economía, Martín Guzmán, y hoy será debatida en la Cámara Baja. El Gobierno espera que sea sancionada en los próximos días y entre rápidamente en vigencia.

Qué operaciones están incluidas en el impuesto

La compra de divisas en moneda extranjera para atesoramiento.

El cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta del adquirente destinadas al pago de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior y servicios prestados por sujetos no residentes en el país.

Las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera.

La adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes del país.

La adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.

 

Fuente: La Nación

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