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Judiciales > Abuso sexual contra menores

Rechazaron el pedido de impugnación presentado por la defensa de Cassab en el caso de la nena prostituida por su tía

El juez Correa denegó el pedido de que se apartara el juez Parrón, que dictó la prisión preventiva del empresario caucetero.

POR REDACCIÓN

31 de marzo de 2021

NOTA DEL EDITOR

Importante

Si conocés un hecho de abuso sexual contra menores o personas con discapacidad debés acercarte por Avenida Córdoba 452 (este) al centro Anivi– Capital o llamar a los teléfonos: 427-5314 / 5493.

El juez de impugnaciones Benedicto Correa rechazó el pedido de recusación contra el primer magistrado, que intervino en la causa de la nena prostituida por su tía y entregada al dirigente social Roberto “Fido” Galván y el empresario Carlos Hugo Cassab. A la solicitud la realizaron los abogados del tercer imputado, Franco Montes y Marcelo Fernández. Los letrados manifestaron que el juez Matías Parrón no actuó con parcialidad en el procedimiento y dictó una prisión preventiva que no correspondía.

De esta manera, el juez Parrón vuelve a la causa. Era subrogado (remplazado) por el magistrado Andrés Abelín Cottonaro, luego de que el primero dejara su lugar hasta que resolvieran la recusación que presentaron en su contra.

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Correa estudió la presentación realizada por los defensores del hombre de 73 años. Posteriormente argumentó que "el planteo efectuado resulta no solo irrazonable, sino que carece de sustento lógico y legal, pues hacer lugar al mismo sería no solo entorpecedor de la organización judicial, sino que afectaría una eficaz prestación del servicio de justicia, con consecuencias gravísimas para la salud del sistema republicano de gobierno".

"Para el apartamiento de un juez, por aplicación del artículo del Código Procesal Penal, debe comprobarse la intromisión del mismo en tareas propias de la parte acusadora en función de la delimitada separación de funciones como nota explícita del sistema acusatorio. Como advierto, la actuación del magistrado interviniente no traspasa este límite, ya sea con actos de investigación o de impulso en la investigación", añadió en su fundamento el magistrado del tribunal superior.

"Si la defensa del encausado (persona que tiene abierta una causa judicial) Cassab entiende que existe un error in iudicando (interpretación errónea de la ley), sus discrepancias de hecho y de derecho con las decisiones judiciales no pueden ser argumento de recusación, sino crítica eventualmente apta para fundar los recursos que fueren viables contra los actos jurisdiccionales propios de los magistrados", cerró en su resolución.

No es la primera vez que Cassab recibe un revés de la Justicia. Al hombre lo internaron en el hospital Marcial Quiroga después de ser detenido por un problema en los pulmones. Días posteriores la Fiscalía solicitó que lo trasladaran a un calabozo común, ya que un informe médico establecía que no había ningún impedimento en su salud para estar encerrado. Finalmente el juez subrogante Abelín Cottonaro aceptó y la mandó al imputado a la Central de Policía.

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Tanto para Cassab como para Fido Galván aun resta que se definan las apelaciones presentadas por sus defensas en relación con la prisión preventiva dictadas en su contra. El fin de semana la medida cautelar se vence, pero puede ser renovada por el juez restituido Parrón. 

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