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Política > Suspensión

La Justicia frenó la reforma laboral del DNU de Milei

La Justicia hizo lugar a una cautelar que presentó la CGT y de esta forma frenó la reforma laboral del DNU de Milei

POR REDACCIÓN

03 de enero de 2024

La Justicia del Trabajo hizo lugar este miércoles a la medida cautelar en la que se pidió suspender la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU que firmó el presidente Javier Milei. Este es el primer freno que sale desde los tribunales a los alcances del decreto de necesidad y urgencia 70/2023.

Fueron los magistrados de la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo, quienes por mayoría, integrada por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, los que resolvieron frenar la parte que hace referencia a los cambios en las condiciones laborales.

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Por su parte se declaró en disidencia la tercera jueza Dora González. La magistrada sostenía que el caso había que pasarlo a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente, como había dicho la fiscalía.

Lo cierto es que, finalmente, se impuso la mayoría que hizo lugar a la cautelar y que en su texto aseguró que “las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”.

En otro tramo la resolución se asegura que "es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)".

La decisión fue firmada por la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo, por mayoría integrada por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que resolvió frenar los tramos que aluden a las modificaciones laborales. En disidencia, la tercera jueza Dora González decía que el caso había que pasarlo a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente, como había dicho la fiscalía.

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En otro tramo de la resolución los jueces destacan que el DNU no incluía una cláusula de aplicación inmediata por lo que infieren que no sería tan urgente la reforma en las condiciones laborales que en decreto se proponen y agregan que la aplicación del DNU permitiría "eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo, máxime cuando varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria", sostuvo el voto de Sudera.

Además, el texto rubricado por los jueces asegura que: "no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema excepcionalidad", aseguraron. 

 

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