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El Cronista > Tensión federal

Milei no negocia y recurre a la Corte Suprema para apelar el fallo a favor de Chubut

El Presidente encomendó a su equipo a presentar un recurso de apelación ante la Corte por medio de un per saltum o un pedido de incompetencia del tribunal que falló a favor de Chubut por los fondos de coparticipación

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

La Secretaría Legal y Técnica elevó el pedido a la Corte. (Foto: gentileza).

El presidente Javier Milei no cederá ni un centímetro en la dura pelea por el recorte de fondos con las provincias y hoy lo demostró con hechos concretos: ordenó al equipo legal de la Casa Rosada a pedir un per saltum a la Corte Suprema de Justicia o eventualmente plantear la incompetencia y recusación del juez que favoreció a la provincia de Chubut en la disputa por fondos coparticipables que le había arrebatado la Nación.

Según confiaron fuentes calificadas de la Casa Rosada el presidente encomendó a la Secretaría Legal y Técnica a cargo de Javier Herrera Bravo a responder de inmediato el fallo adverso al gobierno que pide devolver al gobernador chubutense Ignacio Torres los 13.500 millones de pesos que la Nación le quitó como cuenta de coparticipación por una deuda que tenía esa provincia con el gobierno central.

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"No vamos a aflojar y los gobernadores deben entender que estamos en una situación crítica", dijo un funcionario del Gobierno. Se refería así a la decisión de Milei de analizar dos caminos posibles ante este conflicto: pedir un per saltum para que la Corte trate de inmediato el tema de fondo o exigir la "incompetencia plena" del juez Federal de Rawson Hugo Sastre que obliga al Gobierno nacional a devolver los fondos de la coparticipación.

Se trata de los 13.500 millones de pesos que el Estado nacional había retenido ante un reclamo de la deuda de Chubut a la Nación. El fallo de Sastre ordenó el "cese de la retención que -en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial- la demandada viene realizando sobre las sumas que ha de percibir aquella en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos; ello, hasta tanto se concrete la refinanciación de la deuda y por el periodo máximo comprendido por el ejercicio financiero en curso".

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