Publicidad

El Cronista > Elecciones 2023

Qué tiene que pasar para que haya balotaje

A la espera de la publicación de los primeros resultados oficiales, los cinco candidatos a presidente deberán cumplir con uno de los dos guarismos matemáticos para ingresar a la segunda vuelta.

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

El posible balotaje sería el 19 de noviembre (Foto: gentileza).

La Dirección Nacional Electoral (DNE) dará a conocer este domingo desde las 22 horas los resultados de las elecciones generales 2023, instancia que en caso de que ninguno de los cinco candidatos presidenciales cumpla con las dos reglas básicas para alzarse con el triunfo en primera vuelta, definirá los dos que participarán del balotaje pautado para el 19 de noviembre.

El esquema previsto en el artículo 150 de la Ley 24.444 establece que solo las dos fórmulas más votadas podrán disputar la segunda vuelta, a celebrarse 30 días después.

Publicidad

"Si ninguna fórmula alcanzare esas mayorías y diferencias de acuerdo al escrutinio ejecutado por las Juntas Electorales, y cuyo resultado único para toda la Nación será anunciado por la Asamblea Legislativa, atento lo dispuesto por el artículo 120 de la presente ley, se realizará una segunda vuelta dentro de los treinta (30) días", detalla la normativa.

¿Cuántos votos tienen que sacar un candidato para que no haya balotaje?

La Ley 24.444 del Sistema Electoral Nacional para la elección del Presidente y Vicepresidente de la Nación, en su capítulo 1°, artículo 149° especifica que resultará electa la fórmula que obtenga más de cuarenta y cinco por ciento (45 %) de los votos afirmativos válidamente emitidos; o en su defecto, aquella que hubiere obtenido el cuarenta por ciento (40 %) por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de diez puntos porcentuales respecto del total, sobre la fórmula que le sigue.

En contrapartida, el balotaje o segunda vuelta participarán solamente los dos binomios más votados en la primera, "resultando electo la que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos".

¿Cómo sigue el calendario electoral de cara a un balotaje?

El artículo 152° de la normativa electoral indica que dentro del quinto día de proclamadas las dos fórmulas más votadas, éstas deberán ratificar por escrito ante la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal su decisión de presentarse a la segunda vuelta.

Publicidad

¿Cuándo sería el balotaje 2023?

La Dirección Nacional Electoral (DNE) pautó en el cronograma electoral 2023 la celebración de una eventual segunda vuelta (balotaje) el domingo 19 de noviembre.

¿Cuándo sería el debate presidencial en caso de balotaje?

El artículo 64° del Código Nacional Electoral (CNE) establece la obligatoriedad de los debates preelectorales públicos entre candidatos a presidente de la Nación dentro de los 10 días anteriores a los comicios. Para la instancia de balotaje, se realizará el domingo 12 de noviembre.

Publicidad
Más Leídas
Publicidad