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Judiciales > ABERRANTE

Abusó sexualmente de una menor, lo condenaron, pero zafó de la cárcel

La Justicia resolvió condenar al abusador a tres años de prisión en suspenso.

POR REDACCIÓN

14 de marzo de 2023

Durante la jornada de este martes, la Unidad Fiscal Cavig, condenó a Alejandro Arroyo a tres años de prisión condicional por haber cometido un abuso sexual simple contra una menor de edad.

El aberrante hecho ocurrió a mediados del mes de agosto de 2016, cuando una joven de 17 años, en compañía de otros jóvenes, asistió a una fiesta que se realizaba en la casa de uno de sus amigos en calle Cerro Catedral, de Rivadavia.

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Alrededor de la 01:00 horas, la joven comenzó a sentirse mal y por eso, junto a una amiga, se acostaron en una cama matrimonial que había en una de las habitaciones del domicilio. En ese momento, Alejandro Arroyo ingresó a la pieza y provocó el llanto de la víctima. El hombre intentó calmarla, la sentó en la cama y le dijo: “Sos muy linda para llorar por un chico”.

Acto seguido, Arroyo abrazó y besó a la joven, luego la sentó en sus piernas y tocó sus pechos por arriba y por debajo de su ropa. Como no podía quitarle la prenda a la menor, le manifestó: “¿Por qué te pusiste esto mi amor?”. Posteriormente, le quitó el pantalón a la denunciante e intentó masturbarla, pero no lo logró.

Según el relato de la víctima, en ese momento sentía su cuerpo adormecido, no podía moverse, sentía asco y no tenía fuerzas. Fue allí que alguien ingresó en la habitación e inmediatamente el abusador quitó a la joven de encima. Una vez que esa persona se fue, le dijo: “No vayas a decir nada”.

Luego, el condenado se levantó y se puso detrás de la víctima para decirle en reiteradas ocasiones: “No te voy a violar”, después de eso la soltó. La denunciante recuerda que se subió la ropa como pudo y se quedó dormida para despertar horas más tarde en la misma cama.

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Finalmente, la Justicia resolvió, mediante juicio abreviado, condenar al imputado a cumplir la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional por ser penalmente responsable del delito de abuso sexual simple, atribuyéndole la participación en calidad de autor.

Además, se dispuso que durante el término de tres años el condenado cumpla reglas de conducta como constituir domicilio real y someterse al cuidado de la Oficina de Medidas Alternativas. A su vez, se decidió, mantener la libertad del condenado en este proceso, sin perjuicio de quedar a disposición de que otra autoridad judicial lo requiera.

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