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Comunidades Diaguitas se oponen al proyecto de reducir el Área Natural Protegida Valle Fértil

Hicieron público un comunicado oficial mediante el cual se oponen al proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados.

26 de julio de 2022

El Pueblo Diaguita, representado por las autoridades indígenas de cuatro comunidades Diaguitas de Valle Fértil, este lunes hizo público un comunicado oficial mediante el cual se opone al proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados para reducir el área Natural Protegida Valle Fértil.

“Las comunidades Cacique Pedro Caligua de Villa San Agustín, la comunidad La Majadita, la comunidad Ugno de la localidad de Usno y la Comunidad Misipay de la localidad de Astica, nos hemos reunido en el territorio ante la necesidad de analizar y asimismo expresar nuestro enérgico repudio, sentir y pensar sobre el anteproyecto de ley recientemente presentado en la Cámara de Diputados por el legislador departamental de Valle Fértil, profesor Silvio Atencio”, reza el comunicado.

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Vale recordar que fue hace una semana cuando la información se conoció a través de DIARIO HUARPE y a partir de ahí las comunidades originarias se organizaron y reunieron para decidir la posición a tomar.

“Nosotros tenemos en claro que no estamos en desacuerdo con las actividades dentro del área, sino en contra de que se reduzca el polígono de la reserva”, dijeron los representantes. “Las actividades dentro del área se pueden realizar a conciencia, con cuidado, con una reglamentación, con licencia social, pero no dejar al libre albedrío que hagan lo que quieran”, continuaron.

Las comunidades Diaguitas denuncian que el proyecto de “Modificación Polígono Parque Natural Valle Fértil” afectará drásticamente a las comunidades originarias, puesto que sus vidas se entraman íntimamente con el ecosistema del área protegida en cuestión. Es más, en el área que se quiere sacar están dos sitios que son patrimonios culturales e históricos de la provincia: Los Morteritos y la Piedra Pintada.

“Con indignación y asombro nos enteramos a través de un diario local sobre el mencionado proyecto inconsulto con la población local, que busca privilegiar intereses particulares antes que los derechos colectivos de nuestro pueblo y de nuestras comunidades en los territorios que habitamos desde hace varios siglos”, agrega el comunicado.

“Consideramos que este proyecto va en contra del cuidado de la casa común que habitamos y en contra de lo planteado por la propia legislación, la cual tuvo como espíritu generar acciones que fomenten la conservación y protección estatal del sector que se pretende desproteger, entendemos, sacándolo de la reserva, donde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Gobierno de San Juan tiene injerencia directa como contralor”.

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Sobre el área y las leyes

El Parque Natural Valle Fértil es un área protegida de 800.000 hectáreas. Está ubicado en el centro este de la provincia de San Juan. Se extiende en parte por los departamentos de Valle Fértil, Caucete, Angaco y Jáchal. Abarca parte de la Travesía de Ampacama, de la Sierra de Pie de Palo, de la Sierra de Valle Fértil y el pie de monte oriental de la Sierra de la Huerta.

La reserva fue creada por la ley originalmente en 1971, a través de Ley Provincial Nº 3.666, luego actualizada por la Ley Provincial 118-L del año 2014 (aún en plena vigencia), con el objetivo de “facilitar la realización de estudios y actividades de investigación científica y preservar las condiciones naturales de la región regulando el desarrollo turístico e impidiendo la realización de acciones nocivas para el medio ambiente”.

“Si bien, la mencionada ley de creación del área protegida no menciona, ni otorga derecho a un comanejo a las comunidades indígenas en el lugar, en tiempos recientes el avance emprendido por el Estado Nacional argentino, en el reconocimiento de derechos de la población indígena, ampara nuestro derecho y crea nuevas obligaciones para el propio Estado”, dice el comunicado. “De este modo, la ratificación del Convenio 169 de la OIT, a través de la Ley Nacional Ley N° 24.071, obliga a los sectores del Estado y actores privados a realizar Consultas, Libres, Previas, Informadas (y Consentidas) para con la población indígena afectada por proyectos que interfieran en nuestra calidad de vida e integridad física y simbólica y en tal caso, se dispuso que: “Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad”.

Las comunidades Diaguitas consideran contradictorio el planteo propuesto en el proyecto de Ley, ya que mientras el mundo está preocupado por el cambio climático, los incendios forestales y demás desastre naturales en manos del atropello de la acción humana, "en San Juan se permite pensar avasallar un área protegida que es pulmón de vida en el territorio herencia de nuestros ancestros y ancestras”, dicen. “Consideramos además que, de aprobarse el proyecto, se estaría violando un principio básico de “no regresión ambiental”, reconocido en la Constitución nacional argentina en su Artículo Nº 41".

Qué dice el Artículo 41

“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

Ante esta situación, el pueblo Diaguita solicita a los diputados involucrados en la formulación de este proyecto (Silvio Atencio de Valle Fértil, Miguel Ramón Núñez, de 9 de Julio y José Luis Estévez, de Pocito), y a la Comisión de Turismo, Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Legislatura Provincial que:

●     Según lo establecido en materia de acceso a la información pública ambiental, Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental Nº 25.831, exigimos se nos informe fehacientemente de las características y planteos de este proyecto presentado por el Diputado por Valle Fértil, Silvio Atencio, entregándonos copia escrita en un plano no mayor a 30 (treinta) días.

●     Se respete, proteja y garantice nuestros derechos individuales y colectivos, en específico nuestro derecho a la libre autodeterminación y a la autonomía de los pueblos. Consideramos que no solo se estaría violando el principio de NO REGRESIÓN, sino también NUESTRO DERECHO A LA CONSULTA LIBRE, PREVIA, INFORMADA y CONSENTIDA sobre cualquier actividad que afecte la vida de nuestros territorios (Convenio 169 de la OIT ratificado por ley N° 24.071), atendiendo también a las consultas y audiencias públicas reconocidas como mecanismos de participación y consulta en la Ley General del Ambiente Nº 25.675.

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