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Política > Nuevas medidas

El DNU de Milei derogó dos leyes mineras y tres vitivinícolas

El presidente Javier Milei anunció un Decreto de Necesidad y Urgencia con 300 puntos, entre los cuales hay derogaciones y modificaciones que afectan directamente a San Juan como lo son las mineras y vitivinícolas.

20 de diciembre de 2023

El presidente Javier Milei anunció un Decreto de Necesidad y Urgencia, dentro del cual se expusieron 300 puntos, entre los cuales hay derogación y modificación de leyes que afectarán directamente a las actividades regionales de San Juan como lo son la Minería y el sector Vitivinícola. Entre los 30 puntos que enumeró en cadena nacional este miércoles 20 de diciembre del 2023, se derogaron dos leyes mineras y tres vitivinícolas.

En el artículo 69 del documento, referido a la minería, tiene solo dos artículos que son derogaciones a leyes del ámbito. El primero de los dos artículos es la derogación de la Ley N.º 24.523, que fue sancionada en 1995 y establece el Sistema Nacional de Comercio Minero, bajo la dependencia orgánica y funcional de la Secretaría de Minería de la Nación. El objetivo de la misma es tener una base de datos de comercio minero, organización y archivo de los datos disponibles en los diferentes organismos y entes públicos, estatales o no y los que aporten los usuarios del sistema, relativos a la oferta y demanda, interna y externa de productos y subproductos mineros.

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En el segundo artículo, el 170, se derogará la Ley N.º 24.695, creada en septiembre de 1996 por el Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos, que funcionaba bajo la dependencia de la Secretaría de Minería de la Nación. En el primer artículo de dicha ley se explica: “Créase el Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos, el que funcionará bajo dependencia orgánica y funcional de la Secretaría de Minería de la Nación. Se constituirá sobre la base de la información existente en dicho sector y en todo organismo dependiente de la administración pública nacional, centralizada y descentralizada, universidades nacionales, entes autárquicos u otros en los que el Estado Nacional o sus entes descentralizados tengan participación total o mayoritariamente de capital o en la formación de las decisiones societarias”.

Con respecto al sector vitivinícola, fuentes del sector explican que resultará adecuado derogar la Ley N.º 18.600 de contratos de elaboración de vinos, la Ley N.º 18.905 de política vitivinícola nacional y la Ley N.º 22.667 de reconversión vitivinícola.

La Ley 18.600 de Contratos de Elaboración de Vinos, sancionada en febrero de 1970 fue una de las derogadas. La segunda es la Ley de la Política Vitivinícola Nacional, sancionada en febrero de 1971. En dicha ley, Milei le quita parte del poder de policía que tenía el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV). Esta normativa, marca reglamentaciones para la producción de vinos y controles, con el INV como autoridad de aplicación. Por último la Ley N.º 22.667 de Reconversión Vitivinícola sancionada en 1982.

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