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Especialistas debaten sobre el fallo que autorizó el descarte de embriones congelados

POR REDACCIÓN

08 de octubre de 2019
Un juez de La Plata, capital de la provincia de Buenos Aires, autorizó el descarte de embriones congelados que pertenecían a un matrimonio que ya no tenía voluntad de procrear y, ante el fallo, algunos especialistas debaten sobre los alcances de la legislación vigente. El artículo 19 del Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015, dice que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción", ante lo cual surge la pregunta ¿se puede hablar de concepción cuando se trata de embriones no implantados? "Es cierto que hay un vacío legal, pero se interpreta fácil", dijo hoy a Télam la abogada Marisa Herrera, quien se especializa en derecho de familia y trabajó en la reforma del Código Civil y Comercial argentino de 2015. Para Herrera "es obvio que el embrión no es persona", ya que la ley permite donarlo y criopreservarlo, mientras que "a las personas no nos pueden donar ni congelar". Además, la abogada explicó que el Código Civil obliga a las parejas a "actualizar el consentimiento de transferir" el embrión, es decir implantarlo en el cuerpo, cada vez que se comienza un nuevo tratamiento de fertilización asistida. Esta "actualización" se pide porque suele ocurrir que los embriones no prosperan y las parejas deben hacer nuevos intentos con embriones que fueron congelados en los meses previos. Y, así como se debe actualizar, el consentimiento de transferir el embrión también se puede revocar, cosa que ocurre cuando las parejas no tienen más voluntad de procrear o rompen el vínculo. "Si los embriones fueran personas no podríamos revocar o actualizar el consentimiento de transferirlos, y las mujeres estarían obligadas a transferirse contra su voluntad, todos los embriones", argumentó la abogada. El fallo del juzgado 8 de familia de La Plata, a cargo Mauro Javier Cerdá, es el tercero en el país en autorizar el descarte de embriones congelados, lo que hace suponer a Herrera que hay centros médicos que no se niegan a desecharlos cuando las parejas así lo solicitan. "Hay centros (médicos) que sí los descartan, sólo tenemos tres fallos y los tratamientos se hacen desde mediados de los '80", dijo la abogada. Marisa Herrera es asesora del diputado nacional Daniel Filmus, quien presentó en abril de este año un "proyecto de ley de regulación de los embriones no implantados" que aún no fue tratado. El juez Cerdá, además de autorizar el descarte, pidió al Congreso nacional que trate la temática "ante la falta de legislación vigente". Y, para fundamentar su decisión, el juez citó como antecedente la sentencia "Artavia Murillo" de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre un caso ocurrido en Costa Rica. La sentencia resolvió en 2012 que la concepción ocurre en el "seno materno". Sin embargo, para Nicolás Laferriere, Profesor de Derecho Civil de la Universidad Católica Argentina, es "equivocado" tomar esa sentencia "para fundamentar la decisión de descartar embriones crioconservados, dado que la misma Corte excluyó del alcance de su decisión de aquel momento el complejo problema de los embriones crioconservados".  Además, Laferriere consideró que "una lectura integral del Código Civil y Comercial, en especial de los artículos 19 y 57, lleva a concluir que los embriones son personas para todos los fines del ordenamiento jurídico argentino", que "no hay ninguna norma que habilite, por voluntad procreacional, a tomar decisiones que signifiquen la muerte deliberada de embriones".
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