Política
La Justicia de EE.UU. ordena a Argentina entregar el 51% de las acciones de YPF
La jueza del distrito sur de Nueva York dispuso que el país transfiera las acciones a los beneficiarios del juicio por la expropiación de 2012.
POR REDACCIÓN
La jueza Loretta Preska, del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, ordenó este lunes 30 de junio que Argentina deberá transfier el 51% de las acciones clase D de YPF a los beneficiarios del juicio por la expropiación de la petrolera ocurrida en 2012. La medida surge en el marco de la demanda en la que el país ya fue condenado a pagar más de USD 16.000 millones.
Según el fallo, Argentina deberá realizar la transferencia dentro de los 14 días hábiles a una cuenta de custodia en el Bank of New York Mellon, e instruir su traspaso a los demandantes o quienes estos designen en un plazo de un día hábil tras el depósito.
El principal beneficiario de esta decisión es el fondo Burford Capital, que compró los derechos de litigio de la causa hace más de una década. El fondo había solicitado el control de las acciones en abril de 2024, además de embargos y otras medidas, como parte de una estrategia legal centrada en presionar una posible negociación.
Argentina podrá apelar el fallo. De hecho, fuentes con conocimiento del caso aseguraron que es probable que el país inicie ese proceso, que podría extenderse por más de un año. La decisión, según los mismos voceros, es inédita, al punto de que el Departamento de Justicia de Estados Unidos había presentado un escrito “amicus curiae” en 2023 apoyando la posición argentina.
Entre los argumentos, la jueza señaló que desde 2012 Argentina ha tenido control operativo y financiero sobre YPF, mediante el ejercicio de su participación mayoritaria. La magistrada también indicó que el Estado ha votado en todas las decisiones de directorio y asamblea desde entonces.
Desde el entorno del fondo Burford indicaron que cualquier entrega efectiva de las acciones implicaría dificultades legales si no cuenta con la aprobación del Congreso argentino. Además, de concretarse, debería realizarse mediante una oferta pública, algo que, según señalaron, no está en los planes de ninguna de las partes.
El fallo vuelve a poner en primer plano un caso judicial con alto impacto económico, cuyas consecuencias podrían extenderse en el tiempo, ya sea por medio de una apelación, nuevas medidas cautelares o un eventual acuerdo entre partes.