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Sociedad > Escándalo

Vicedecana deberá resarcir con $60 mil a su colega por plagiarle la tesis

Se trata de María Cecilia di Marco de la Universidad Nacional del Centro de Buenos Aires. Sacó citas textuales de otra compañera para poder obtener su maestría.

POR REDACCIÓN

06 de noviembre de 2019

Un hecho escandaliza a la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. La vicedecana de la Facultad de Ciencias Humanas, María Cecilia di Marco, fue acusada por su colega Nancy Pastor de plagiarle la tesis de su maestría. El caso llegó a la Justicia y ahora la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Azul resolvió que la docente deberá indemnizarla con $60 mil por el daño moral causado.

"La Justicia indica que la UNICEN debe revisar el título que en su momento Di Marco obtuviera a través de la tesis”, explicó Roberto Tassara, rector de la universidad. "Están involucradas dos docentes, no es nada agradable, pero es importante aclarar que por ahora es una cuestión entre dos particulares a raíz de una tesis. Es una demanda civil, donde se reclaman daños y perjuicios", expresó.

Pastor denunció que Di Marco sacó citas de su obra "Aportes para una Historia de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires", publicado en 1999, para su tesis "El Proceso de Desarrollo y Diversificación de la Universidad Argentina. El caso de la UNCPBA (1964-1975)", presentada en 2002, y para otro ensayo que publicó en 2012.

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Además de la reparación patrimonial y moral exigida, Pastor solicitó retirar el material ilícito escrito por Di Marco y que se saque de circulación el artículo de la revista digital RAES basado en su propio texto, el cual lleva ya tres años en Internet. Los jueces de la Cámara de Apelación, tras evaluar los fundamentos del acuerdo, decidieron confirmar la sentencia en lo relativo a los daños, la cuantía del daño moral y la rectificación o aclaración de los párrafos copiados en ambas publicaciones.

Por su parte, Di Marco presentó un recurso de apelación expresando una serie de agravios que se centran en la no admisión de la excepción de la prescripción y en la procedencia de la pretensión y del resarcimiento. En primera instancia, manifestó que Pastor le envió una carta documento en mayo de 2014 en la que redactó “he podido observar…”. A raíz de ello, señaló que previo a esa fecha ya tenía conocimiento de las publicaciones.

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Sin embargo, para los jueces la acción resarcitoria de daños, sujeta al plazo de dos años, no está prescripta ya que desde mayo de 2014 hasta diciembre del mismo año, fecha en que se promovió la demanda, no trascurrió el plazo bienal. Mencionó además una importante cantidad de tratados internacionales y señaló que son los estados firmantes de los mismos quienes deben dictar la legislación interna para proteger los derechos de autor. Asimismo, expuso que existen muchas reglas de estilos de citas pero que no constituyen normas jurídicas porque carecen de poder coercitivo.

Concluyó indicando que no se constituyó ningún plagio ya que “lo que importa no es la apropiación de la obra ajena sino la apropiación de su esencia, la idea principal que se transmite”. Por ello, solicitó que se rechace la demanda y que se modifique el monto establecido, así como también la notificación a la Unicen y a la RAES. De cualquier manera, la pretensión de Di Marco fue rechazada.

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Fuente: TN y El Eco Ciudad 

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