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Cámara del Trabajo confirma que una empresa debe indemnizar a trabajador despedido arbitrariamente

POR REDACCIÓN

01 de noviembre de 2019
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó un fallo de primera instancia que condenó a una tabacalera a indemnizar a empleado al que despidió tras responsabilizarlo por la sustracción de cuatro paquetes de cigarrillos, informaron hoy fuentes judiciales. El fallo de la Sala X de la Cámara afirmó que British American Tobacco Argentina S.A. (ex Nobleza Piccardo) no pudo probar durante el juicio que la mercadería que apareció en los “lockers” de otros dos empleados haya sido elaborada en la máquina que operaba Jorge Luis Robaina, echado en agosto de 2018 por “pérdida de confianza”. Según consta en la causa, la demandada despidió también a otros empleados por ese hecho, y durante el juicio sostuvo que los cuatro paquetes fueron elaborados en la cigarrera a cargo de Robaina, y que la sustracción al “ciclo productivo” se produjo durante su jornada laboral. El trabajador negó la acusación, presentó una demanda por el despido injustificado y logró una sentencia a favor en primera instancia que fue apelada por la empresa. Al analizar la apelación, la Sala X de la Cámara marcó la “total ausencia de prueba objetiva que corrobore la existencia de los incumplimientos contractuales que le fueron imputados como causal de injuria laboral para justificar el despido”, y lo calificaron de “arbitrario”. También, el tribunal justificó la condena a la tabacalera a pagar multas legales por provocar la actividad judicial y no entregar, pese a la intimación del trabajador despedido, los certificados de trabajo como mandan las normas vigentes. El fallo de segunda instancia fue firmado por los camaristas Daniel Stortini y Gregorio Corach, quienes impusieron las costas a la parte demandada.
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