POR REDACCIÓN
07 de enero de 2020
El Directorio del Banco Central aprobó hoy la adecuación del valor contable de las Letras Intransferibles, al determinar que serán registradas en los Estados Contables de la entidad a su "valor técnico". Este "valor técnico" comprenderá tanto a la tenencia de las Letras Intransferibles que ya se encuentren vigentes, como los títulos que se emitirán en el futuro, como estipula el artículo 62 de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, sancionada en el marco de la Emergencia Pública. Las Letras Intransferibles son compromisos asumidos por el Tesoro Nacional con el Banco Central que no cotizan en el mercado, un mecanismo que fue utilizado durante la segunda administración de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner para el pago de deuda con reservas. "Por efecto de la aplicación del criterio de valuación antes mencionado, las citadas Letras ascendieron al 31 de diciembre de 2019 a $ 3.003.389,8 millones, tal como se expone en el Estado Resumido de Activos y Pasivos a dicha fecha", precisó la entidad monetaria en un comunicado. En una primera etapa, desde el momento de la incorporación de las Letras Intransferibles al patrimonio del BCRA, fueron valuadas a valor técnico con base en la capacidad financiera de la entidad y en su intención de mantenerlas hasta el vencimiento. Durante la presidencia de Mauricio Macri este criterio fue modificado a partir de un acuerdo firmado con el FMI en junio de 2018, "que contemplaba una cancelación anticipada de las Letras que finalmente no ocurrió", recordó el Banco Central. De esta forma, el Banco Central no utiliza las Letras Intransferibles en operaciones de mercado abierto para su función de regulación monetaria; mientras que los títulos valores que cumplen esa función sí están valuados a valor de mercado. Esta precisión fue dada a conocer esta tarde, luego de que el el Gobierno dispusiera ampliar la emisión de Letras del Tesoro en dólares que serán suscriptas por el Banco Central, de acuerdo con lo previsto en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. Según se publicó en el Boletín Oficial, la ampliación de las Letras en dólares se hará por un monto de hasta 3.244.424.17, con lo cual se completa el cupo previsto por ley. Esta ampliación se suma a otra emisión de igual tipo concretada el 27 de diciembre pasado, por US$ 1.326.575.829 para atender el pago de servicios de deuda. Este tipo de operación se encuentra comprendida dentro de los límites establecidos en el artículo 61 de la ley 27.541, denominada de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. El artículo 61 de la ley 27.541 autoriza al Gobierno Nacional a emitir Letras Intransferibles en dólares por un monto de hasta US$ 4.571.000.000, a diez años de plazo, con amortización íntegra al vencimiento, con una tasa de interés igual a la que devenguen las reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para el mismo período.
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