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Sólo los agentes de planta de la ciudad de Buenos Aires podrán labrar actas de tránsito

POR REDACCIÓN

07 de noviembre de 2019
La justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que adopte las medidas necesarias para que las actas de infracciones y contravenciones de tránsito sean labradas exclusivamente por personal efectivo, es decir, de planta, revelaron hoy fuentes judiciales. El accidente vial ocurrido el 8 de septiembre, que provocó la muerte de Cinthia Choque, de 27 años, y dejó durante casi un mes internado a Santiago Siciliano, ambos agentes de tránsito de la Ciudad, hizo pública la situación laboral de estos trabajadores, que en más de 70% de los casos son monotributistas. Tras el accidente, los agentes de tránsito realizaron varias marchas pidiendo justicia, en las que solicitaron al Ejecutivo local el pase a planta a todos esos trabajadores. Con ese antecedente, un ciudadano "en su calidad de habitante afectado y conductor de automóvil" presentó una medida cautelar contra el Gobierno local, en la que calificó su conducta como "violatoria de los principios de legalidad, circulación, acceso a la justicia, defensa en juicio y seguridad jurídica de los habitantes" garantizados en la Constitución Nacional y porteña, señaló el portal IJudicial. La acción de amparo colectivo pidió que se condene al Ejecutivo de la Ciudad "a dejar sin efecto la intervención de cuentapropistas, monotributistas contratados por el Gobierno de la Ciudad para el ejercicio de funciones reservadas a los funcionarios de Agentes de Control de Tránsito y Transporte" y disponer la "invalidez de actas extendidas por ellos". El juez 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Guillermo Scheibler, que admitió parcialmente la medida cautelar, expresó que "el requisito de la estabilidad de los agentes adquiere especial relevancia, ya que quienes desempeñan tales funciones deben encontrarse en una situación jurídica y en condiciones de servicio que los independicen de cualquier influencia exterior indebida". Además, recordó que "la ley 5688 faculta a los agentes del Cuerpo de Tránsito y Transporte, para realizar múltiples funciones y concretamente la de labrar actas de infracciones y contravenciones" y que se trata de "una manifestación relevante del ejercicio del poder punitivo del Estado". En tanto, en lo referido a la suspensión de los efectos de las actas de comprobación de infracciones y contravenciones, Scheibler consideró que "no se encuentra acreditado este recaudo, toda vez que el planteo ha sido formulado de modo genérico sin demostrar la eventual ineficacia de las instancias administrativas y judiciales previstas". Fuentes del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte porteño aseguraron hoy en diálogo con Télam que "aún no fueron notificados" del fallo. "Hay mucha gente que trabaja como monotributista y todo lo que hacen tiene la misma legalidad de quienes están en planta. Mientras estén trabajando y acepten esos términos todo lo que hacen es legal, esas multas tienen validez, quien no quiera pagar la multa va a agarrarse de todo lo que puedan, pero tenemos que entender que los límites salvan vidas", señaló a Télam Vivian Perrone, de Madres del Dolor. Y, agregó: "Por su puesto que estamos de acuerdo con que se tiene que hacer efectivos los cargos de cualquier persona que este trabajando para el gobierno porque no cobran aguinaldo, ni vacaciones, ni saben cuanto tiempo más tendrán trabajo".
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