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Provinciales > Caso inédito

Una ART indemnizará una muerte por Covid en San Juan: ¿abre el juego a otros afectados?

La autoridad nacional aprobó la cobertura al considerar que el fallecimiento del hombre estuvo relacionada directamente con su trabajo. Creen que podría haber más familias en la misma situación. 

POR REDACCIÓN

28 de junio de 2021

Un sanjuanino de 55 años que se desempeñaba en un área informática pública, con familia a cargo, se enfermó de coronavirus en su lugar de trabajo y poco después falleció. Hasta ahí era un caso normal, como el de cualquiera de las casi 900 personas que han muerto por la pandemia en la provincia. Pero tras el pedido de la familia y el trabajo de dos abogados, descubrieron que lo sucedido entraba como un riesgo laboral y la ART deberá hacerse cargo de indemnizar a los familiares del hombre.

El caso abre un universo nuevo de posibilidades. Los abogados que llevaron el caso, Olga Pastor y Mario Sánchez Sierra, hablaron con DIARIO HUARPE y explicaron que si bien era algo que estaba contemplado en la normativa, han salido a la luz herramientas que podrían ser accesibles para otras personas. Mientras más investigan la normativa descubren que estas chances alcanzan a más ciudadanos, consideraron.

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La cobertura de la indemnización para la familia del hombre fue posible porque se dan una serie de condiciones. El primero es que para que el coronavirus se considere una enfermedad laboral la persona tiene que haberse contagiado trabajando. Esto fue lo primero que probaron los abogados, ya que en el lugar donde se desempañaba el hombre hubo otros 32 casos de coronavirus.

Si bien hay antecedentes anteriores, el caso sanjuanino es particular porque el fallecido no es personal de Salud, que es el grueso de los trabajadores que han cubierto las ART en lo que va de la pandemia. Solo existía un precedente que es el de un policía salteño al que la Comisión Médica Nacional, órgano que revisa estos casos, le había autorizado este beneficio. El hombre no pertenecía tampoco a la fuerza, pero los letrados Pastor y Sánchez comprobaron que el fallecido era esencial y había estado trabajando en el ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio).

Con el avance de los días tras la resolución, que salió la semana pasada, los abogados determinaron que según reglamentan los decretos pueden acceder a las ART incluso aquellos trabajadores que han prestado servicios en el DISPO (distanciamiento social preventivo y obligatorio). Eso quiere decir que todas las personas que han fallecido de coronavirus que pueden comprobar que se contagiaron en sus lugares de trabajo son posibles beneficiarios, explicaron.

Pero este punto, el contagio dentro del espacio laboral y por las funciones, puede tener sus desafíos a la hora de conseguir las pruebas. Sánchez y Pastor aseguraron que en este caso fue más simple porque el trabajador estaba en libros, porque el empleador había informado todos los casos de coronavirus que se produjeron y porque los testigos coincidieron con estos datos. Incluso esto les da la seguridad de que si bien quedan 15 días para que el fallo de la Comisión quede firme, así sucederá.

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En otros escenarios, explicaron los abogados, puede ser más difícil comprobar este vínculo entre la enfermedad y el trabajo. Si por ejemplo una empresa no tiene en blanco a sus trabajadores o si no ha informado casos anteriores de Covid. Esto pondría una traba a que la ART se haga cargo, pero si se llega a comprobar alguna irregularidad, para el empleador terminaría siendo una carga “extremadamente onerosa”.

¿Una crisis en puerta para las ART?

Con todo esto, los abogados no descartaron que sean muchos más los casos que aparezcan de pago en las ART o al menos solicitud de familiares o incluso de trabajadores. Es que la cobertura de las aseguradoras puede ser para el tratamiento, para casos de fallecimiento, pero también se aplican a casos de discapacidad o incapacidad para trabajar que aparezcan. Por ejemplo una persona que ya no puede desempeñarse porque sufre secuelas crónicas de Covid y contrajo la enfermedad trabajando, encuadra en este escenario.

Si bien Olga Pastor y Mario Sánchez aseguraron que esperan que crezca la demanda y hasta aconsejaron la consulta a profesionales, explicaron que las ART no estarían en riesgo grave.

Es que los profesionales aseguraron que existe un fondo fiduciario para enfermedades laborales “no listadas”. Este se aplica a afecciones que pueden ser consideradas laborales, pero no están entre las habituales, como es el caso del Covid que llegó intempestivamente en el último año y medio.

Este dinero, al que aportan por ley las aseguradoras, sería suficiente para cubrir los casos que puedan surgir sin comprometer las finanzas de las empresas. Además, dijeron los abogados, las ART también podrán presentar sus pruebas para protegerse de presuntas solicitudes falsas.

Lo que se viene, dijeron, todavía es imposible de medir, ya que no se sabe cuántos casos surgirán. Mientras tanto, los abogados laborales del país ya convocaron a los dos profesionales sanjuaninos a una reunión nacional para conocer más sobre este caso, que promete sentar un precedente.

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