País > RECONOCIMIENTO FACIAL
Presentan declaración de inconstitucionalidad contra el sistema porteño de reconocimiento facial
POR REDACCIÓN
08 de noviembre de 2019
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) solicitó al Tribunal Superior de Justicia porteño que declare inconstitucional el sistema de reconocimiento facial, implementado en abril pasado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con el argumento de encontrar prófugos en el espacio público. La acción declarativa de inconstitucionalidad cuestiona que el sistema, que utiliza el circuito de cámara de vigilancia con el que cuenta la ciudad, viola libertades y derechos constitucionales, y que se implementó sin que se llevaran a cabo las evaluaciones sobre la necesidad, la proporcionalidad y el impacto que genera. "Creemos que están en juego el derecho a la privacidad, a la libertad de expresión, el derecho de reunión, de asociación e incluso el derecho a la propia identidad", resumió hoy Leandro Ucciferri, abogado e investigador de ADC. La tecnología de reconocimiento facial "es preocupante porque cuando se usa en el espacio público empieza a cambiar la misma noción de lo que implica el espacio público. Cuando la gente se siente vigilada modifica su conducta, comienza a manejarse de otra manera. Y esto pone en riesgo libertades propias de una sociedad democrática", analizó en declaraciones a Télam. Estos cambios en la conducta pueden influir en cuestiones culturales, como la forma en las que personas se recrean o se relacionan con los espacios, graficó. Según la presentación, el sistema de reconocimiento implica el uso de una tecnología de vigilancia de forma "desproporcionada", que se usa en forma oculta y que implica que las personas no sepan que son vigiladas. "Además, se usa en 300 cámaras -de un total de 7.000 que tiene la ciudad-, que se van rotando en función de las 'necesidades' que el gobierno considera en el momento. Tampoco sabemos cuáles son esas necesidades", cuestionó el investigador. Otro de los puntos que cuestiona la ADC es la inexistencia de un estudio de impacto previo a la implementación del sistema, así como la falta de definición de una necesidad a resolver que justificara su empleo. "Cuando se usa la tecnología de reconocimiento facial con fines de vigilancia en el espacio público, lo primero que hay que hacer es un estudio de impacto, todo un ejercicio que no se practicó", describió Ucciferri. Además, "el gobierno primero tendría que haber determinado qué problema quería resolver, para poder dimensionar su tamaño y posibles soluciones, cumpliendo con las garantías constitucionales, algo que no se hizo", agregó. Según el abogado, esta necesidad "debe estar determinada por ley, y en este caso no la hay", por lo que la presentación recoge que su uso "no es legítimo". Los sistemas de reconocimiento facial en el espacio público, si bien de uso relativamente nuevo, han sido duramente cuestionados en varios países durante el último año, y ciudades como la estadounidense San Francisco prohibieron su uso por ley. Según la ADC, en la ciudad de Buenos Aires "la introducción de estas tecnologías ocurre en general sin darle la oportunidad a quienes habitan, trabajan y -en definitiva- desarrollan su vida en este espacio público, de tener voz respecto al tipo de sociedad que se está construyendo a futuro".
Más Leídas
Más Leídas