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Policiales > Justicia

La jueza Camus dio los fundamentos de la condena al joven que mató al anciano Sillero

La magistrada explicó en un documento de 225 fojas por qué emitió su fallo.

02 de octubre de 2020

Transcurrido el plazo legal para dar a conocer los fundamentos de la sentencia leída al acusado de matar al anciano Rafael Sillero hace tres años en el departamento San Martín, la titular del Segundo Juzgado Penal de Niñez y Adolescencia, María Julia Camus, fundamentó su decisión de enviar al Servicio Penitenciario Provincial a Franco Ramo (quien actualmente tiene 21 años) por hallarlo penalmente responsable del crimen.

La jueza en la explicación del fallo dictado indicó que se encuentra en condiciones de aseverar, con las salvedades referidas que si bien el hecho del presente debate ocurrió el día 3 de diciembre de 2016, entre las cinco horas y cuarenta minutos y las seis horas, en el domicilio de ubicado en avenida Sarmiento s/n villa Hilario Elorza departamento San Martin, en la que el señor Rafael Sillero fue herido mortalmente con algún elementos contundentes contra su cabeza y con armas blancas en su cuerpo, entiende que la muerte de Sillero se produjo en Forma violenta, causada por un traumatismo de cráneo encefálico, acompañado por heridas punzo cortante perforantes en la cavidad torácica, abdominal y heridas cortantes en cuello.

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El anciano junto a Miguel uno de los cuatro que bregó porque se haga justicia.

Prueba forense (autopsia)

Además de la constatación de heridas producidas aún después de muerta la víctima. Por lo expuesto en la conformación de la prueba por parte de la Fiscal del caso Gladys Capdevila, quien en toda la etapa de instrucción e investigación del caso acercó todo el material probatorio y vinculante del acusado al hecho, es que llegó a la resolución de condenar a 15 años de prisión al imputado.

Sumado a las pruebas y justificaciones de la fiscalía, la jueza tuvo a su alcance las declaraciones de los médicos forenses y testigos que encontraron el cuerpo de Sillero.

El detalle de la autopsia que resultó contundente y específico en cuanto a la cantidad de heridas y lesiones en el cuerpo de la víctima, además con la violencia y alevosía que se produjeron, también fueron determinantes para dictar la mayor pena que establece el Código Penal para un proceso de la Ley Penal Juvenil al joven Ramo.

Maximiliano Páez Delgado quien ejerció la defensa del acusado Franco Ramo, quien al momento de cometer el hecho tenía 16 años, no pudo hacer que la jueza desestime el trabajo minucioso realizado por la fiscalía para lograr la absolución de su defendido.

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Proceso de la Ley Penal Juvenil

En una exposición detallada de 225 fojas, la magistrado explicó a las partes el porqué de su resolución para este caso que marca un hito en el dictado de una pena, para un joven que cometió un brutal asesinato siendo menor y al cumplir la mayoría de edad fue sometido a un juicio para pagar por su delito en un ámbito carcelario de adultos.

Cabe destacar y está expresado en los fundamentos que la pena aplicada si bien es la más alta que permite el Código Penal, no hay que olvidar que este juicio se llevó a cabo bajo los lineamientos de la ley Penal juvenil por haber sido cometido el hecho por un menor.  

Si bien puede entenderse que se le aplicó una sanción que establece el código penal como prisión perpetua si se hubiera cometido por un adulto. Para este caso puntual se aplica una sanción equivalente a la cantidad de años que se le hubiera dado a un hecho de intento de homicidio que equivale a los 15 años que se le dieron a Ramo.

Ramo que se encuentra alojado en la sección delitos de la central de policía cumpliendo con la fase de aislamiento desde que conoció su sentencia, seguirá ahí hasta que las condiciones sanitarias permitan su traslado para el cumplimiento de la pena por espacio de 13 años y medio atendiendo a que durante un año y medio estuvo cumpliendo medidas socio educativas en el instituto Nazario Benavidez.

También la Jueza estableció que deberá estar bajo seguimiento psicológico y a cargo de un gabinete que construya contención para el joven que de no mediar inconvenientes o situaciones que violen lo legal, el muchacho podría salir en libertad a los 31 años de edad.  

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