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Solo uno de los tres ex funcionarios enjuiciados por la muerte de cuatro brigadistas recibió condena
POR REDACCIÓN
08 de noviembre de 2019
Uno de los tres ex funcionarios de la Subsecretaría de Defensa Civil de Salta que desde el 15 de octubre pasado eran enjuiciados por la muerte de cuatro brigadistas en un incendio, en 2014, fue condenado hoy a la pena de un año de prisión, mientras que los otros dos fueron absueltos. El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino condenó hoy a Víctor Dagun, de 69 años, a la pena de un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por el término de dos años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. A la vez, el magistrado rechazó la calificación subsidiaria de homicidio culposo propuesta por las querellas intervinientes en el juicio. Dagun, que era el jefe del programa de Cuidado del Ambiente cuando sucedió el hecho, deberá, por el término de dos años, cumplir reglas de conducta para mantener la condicionalidad de la pena. Por su parte, Víctor Ola Castro, de 63 años y que se desempeñaba como el subsecretario de Defensa Civil cuando murieron los cuatro brigadistas, y Roberto Durnelli, de 60 años, que era el jefe del programa de Manejo del Fuego, fueron absueltos por el beneficio de la duda. En el mismo fallo el juez hizo lugar a la acción civil instaurada contra la provincia de Salta, por lo que condenó al Estado a pagar por la muerte de Mauricio Valdez la suma de $9 millones, en concepto de reparación por daño material y moral. Además, hizo lugar a la acción civil y condenó a la Provincia de Salta a pagar por la muerte de Matías Vilte, la suma de $6 millones, en concepto de reparación por daño material y moral. Por otra parte, rechazó la demanda civil en contra de Ola Castro, Dagun y Durnelli. El juez dijo en su sentencia que el "funcionario público" y "empleado público" es quien "participa accidental o permanentemente del ejercicio de funciones públicas sea por elección popular o por nombramiento de autoridad competente", calidad que revestía Dagun al momento del hecho. Para Rodríguez Pipino el ex funcionario se extralimitó en sus funciones asumiendo las de una dependencia inferior, constituyendo las cuadrillas, designando al jefe de la misma en franca violación a su competencia, de los deberes y atribuciones a su cargo y vulnerando el deber de cuidado. De esta manera, el juez consideró que se afectó el debido funcionamiento de la administración pública, causando un daño en concreto que se traduce en una desvirtuación del contrato de locación de servicios, haciendo cumplir tareas que no resultaban acordes al objeto contractual, lo que se tradujo en responsabilidad del estado provincial. Por otra parte, consideró que Durnelli y Ola Castro ejercían funciones administrativas, sin determinaciones operativas o competencia especifica, y en el caso Durnelli, no tenía competencia de conformación de los equipos de personal.
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