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Judiciales > Después de 6 años

Homicidio en Ullum: condenaron a la mujer que mató a su pareja pero no irá a la cárcel

Admitió el homicidio, alegó violencia de género y no irá presa. El juez avaló el acuerdo este miércoles en Ullum.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
La investigación acreditó que era víctima de violencia de género. FOTO: Gentileza

Ester Villalobos Rodríguez mató a su pareja. Lo admitió ante el juez, aceptó la pena y este miércoles al mediodía recibió su condena: tres años de prisión en suspenso. No pisará la cárcel.

El fallo fue dictado por el juez Juan Bautista Bueno, quien homologó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Daniel Galvani y la defensa de la imputada, a cargo de la abogada María Filomena Noriega. La figura penal aplicada fue homicidio agravado cometido en estado de emoción violenta, una calificación que reconoce que al momento del hecho la mujer actuó en un estado de conmoción derivado de una agresión previa de Cortez.

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A lo largo de la investigación se acreditó que Villalobos Rodríguez había sido víctima de violencia de género por parte de quien murió esa noche de diciembre de 2020 en Ullum.

Cómo llegó el caso a la sentencia

La audiencia en la que se presentaron los términos del acuerdo se realizó el 25 de febrero. En esa instancia, la acusada reconoció su responsabilidad conforme a la calificación acordada y aceptó la pena propuesta. El juez dispuso un cuarto intermedio y este miércoles cerró el proceso con la homologación del juicio abreviado.

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La audiencia no estuvo exenta de tensión. El abogado querellante Rodolfo Oliver, representante de la familia de Cortez, interrumpió la declaración de la imputada durante su exposición. El juez le solicitó que cesara en su actitud y permitió que la acusada continuara.

La querella sostuvo durante todo el proceso que la víctima fue Cortez y cuestionó la versión de la mujer, incluso poniendo en duda sus declaraciones en la etapa de instrucción. Sin embargo, el tribunal avaló el acuerdo entre fiscalía y defensa.

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El antecedente que marca la diferencia

La sentencia inevitablemente remite a otro caso resonante en San Juan: el de Claudia Moya, quien en junio de 2017 mató a su marido en circunstancias descriptas como similares. Moya fue condenada a 15 años de prisión efectiva por homicidio agravado por el vínculo, con la atenuante de circunstancias extraordinarias. En 2019, la Corte de Justicia confirmó esa sentencia. La defensa había intentado encuadrar el hecho como exceso en la legítima defensa, pero el máximo tribunal provincial rechazó el planteo. Pese a que se valoraron posibles antecedentes de violencia y el embarazo de la acusada, la pena fue de cumplimiento efectivo.

El contraste entre ambos fallos es evidente y plantea preguntas sobre cómo el sistema judicial ha ido incorporando —o no— la perspectiva de género en casos donde la violencia doméstica precede al hecho. Casi una década separa los dos casos. La condena de Villalobos Rodríguez sugiere que algo cambió en ese recorrido.

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