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Economía > Boletín oficial

ARCA actualiza el régimen de IVA para ventas y servicios por plataformas digitales

Redefinieron los criterios de habitualidad y los umbrales económicos para contribuyentes que operan a través de plataformas digitales.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
ARCA actualizó el régimen para calcular el IVA para ventas y servicios operados a través de plataformas digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5794/2025, que introduce cambios al régimen especial de ingreso del IVA aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios realizadas a través de plataformas digitales. Esta norma modifica y reemplaza ciertos criterios establecidos originalmente por la Resolución General 5319.

El organismo explicó que la actualización busca ajustar los importes y parámetros de habitualidad utilizados para determinar qué contribuyentes quedan alcanzados por el sistema de percepciones, con el objetivo de “recuperar su condición de parámetros representativos” y aportar mayor claridad normativa. La medida aplica a residentes en el país —personas humanas, jurídicas y sucesiones indivisas— que vendan bienes no registrables o presten servicios mediante plataformas digitales.

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Nuevos parámetros y criterios de habitualidad

La resolución redefine las situaciones en las que los contribuyentes serán considerados “sujetos no categorizados”. Se incorporan umbrales concretos: 10 operaciones y un monto mensual igual o superior a $750.000, o bien 4 operaciones por mes en un cuatrimestre con un total equivalente al mismo parámetro. Para bienes usados de uso personal, el tope se eleva a $1.500.000.

El régimen de percepciones se perfecciona en el momento del cobro total o parcial de la comisión por intermediación. Los sujetos no categorizados permanecerán en ese estado desde el mes siguiente al que se verifique la habitualidad, hasta que acrediten su inscripción en el IVA o su adhesión al Régimen Simplificado, o bien cesen las condiciones que los incluyen. Además, las plataformas deberán asegurar la identificación obligatoria de los usuarios mediante CUIT, CUIL o CDI para aplicar correctamente las percepciones.

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Vigencia

La resolución, firmada por el director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, entra en vigencia el 1° de diciembre de 2025 y se aplicará a todas las operaciones electrónicas concertadas o perfeccionadas a partir de esa fecha.

Con estos cambios, ARCA busca modernizar el régimen de IVA digital, clarificando criterios y ajustando los parámetros económicos para una mayor transparencia y control fiscal de las operaciones realizadas a través de plataformas electrónicas.

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