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Judiciales > Acuerdo entre partes

A 2 años del hecho, condenaron a un joven que insultó y dejó ciego de un ojo a otro

El incidente ocurrió a la salida de un boliche. Al agresor le dieron 2 años de prisión en suspenso.

19 de julio de 2020

La Justicia condenó a Gonzalo Andrés Moreno, un joven que durante la madrugada del 11 de marzo de 2018 insultó y atacó a un grupo de veinteañeros que salían de un boliche bailable. En aquel momento el agresor tenía 17 años y al grito de “p…, qué les pasa gays” comenzó a apedrearlos. Una de las piedras alcanzó la cara de Gabriel Montaño, de 22 años, y – con tan mala suerte – le impactó en su globo ocular izquierdo. Por el golpe, su ojo se le reventó, tuvo un vaciamiento y quedó ciego.

Hace algunos días y luego de varias etapas en el juicio, María Julia Camus, jueza del Segundo Juzgado Penal de Niñez y Adolescencia, homologó el acuerdo que alcanzó la defensa de Moreno junto a la Fiscalía. El agresor fue condenado a 2 años de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves.

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Aquella madrugada y luego de pasar una noche distendida, Montaño quedó en el suelo con su ojo lleno de sangre. Había perdido la conciencia por lo que fue inmediatamente traslado hasta Urgencias del Hospital Guillermo Rawson donde lo asistieron y le contuvieron la hemorragia. A los pocos días fue dado de alta, pero salió incompleto: había perdido la visión de su ojo izquierdo.    

Tras el ataque, el agresor escapó sin dejar rastros. Sin embargo, su anonimato terminó cuando el 27 de marzo del 2018 Montaño escuchó su nombre. La noticia le llegó cerca de las 14, él estaba en la parada de colectivos de calle Santa Fe y Jujuy. Una persona se le acercó y le dijo que Moreno era el responsable de haberlo dejado ciego de un ojo, además le aportó que residía en La Rioja Chica, Capital.

Montaño tenía un identikit del agresor elaborado en su cabeza. En la denuncia que radicó días posteriores al ataque, lo describió como una persona de contextura física delgada, de 1,67 de altura aproximadamente, tez morocha y cabello corto. Además la víctima aportó un detalle clave: el tatuaje que Moreno tiene en la cara posterior de su antebrazo derecho entre el codo y la muñeca.

Con esos indicios físicos y de acuerdo a la dirección aportada a Montaño, es que el agente de la Policía, Luciano Campillay, se constituyó en la casa de Moreno y pudo individualizarlo de acuerdo a las precisiones aportadas por la víctima. El joven fue citado por la Justicia, pero se abstuvo de declarar tanto en su indagatoria como en la ampliación del relato. Sin embargo, un artilugio judicial desencadenó su culpabilidad: la rueda de reconocimiento entre los amigos del agredido determinó su responsabilidad en el hecho.  

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Gabriel Montaño perdió su ojo izquierdo tras el ataque de Moreno. Foto: archivo.

Esa instancia fue decisiva debido al grado de certeza que condujo al pronunciamiento judicial de que Moreno era el autor responsable de las lesiones graves contra Montaño. En el acuerdo que celebraron las partes, hubo una atenuante del hecho porque entendieron que el agresor debilitó uno de los órganos que forma parte del sentido de la vista, por lo tanto Montaño contaba con otro ojo para poder valerse por sus propios medios

“Lo que produjo la conducta delictuosa de Moreno es la debilitación permanente del sentido de la vista al inutilizarle uno de los globos oculares, pero no la pérdida misma del sentido de la vista, lo que cambiaría la calificación del hecho”, sostuvieron las partes. Además, invocaron una sentencia de la Cámara Criminal del año 2001 que iba en ese mismo sentido.  

Teniendo en cuenta ese criterio, es que Camus homologó el acuerdo de las partes y condenó a Moreno a la pena de 2 años de prisión en suspenso. A su vez le agregó algunas cargas que debe cumplir el condenado: realizar un tratamiento para el consumo de sustancias y realizar terapia psicológica. Además, durante ese plazo de tiempo, no puede cometer ningún otro delito ni relacionarse con personas o concurrir a lugares que lo insten a consumir bebidas alcohólicas o estupefacientes. 

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