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Política > Nueva medida

DNU de Milei: no será obligatoria la RTO y el seguro del auto

El DNU que presentó este miércoles el presidente Javier Milei fija cambios en el tema de RTO y en los seguros obligatorios para poder circular. 

POR REDACCIÓN

21 de diciembre de 2023

Este miércoles el presidente Javier Milei presentó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) por el que fijo una serie de normas que tienen a desregular la actividad económica en la Argentina. Entre las modificaciones que establece que ya no será obligatoria la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y el seguro del auto. 

La norma que presentó el mandatario nacional establece que desde ahora "la cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor, y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo". En este listado no se incluye el seguro y la RTO por eso se infiere que estos requisitos actuales ya no estarán vigentes. 

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En otro tramo del DNU se establece que los ciudadanos deben exhibir la documentación que los habilita a transitar, pero no las autoridades no podrán retener estos documentos. "Será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”.  

El DNU además introduce cambios significativos en el Registro de Propiedad del Automotor, como la descentralización, la simplificación, la digitalización y la libertad de circulación. En cuanto a la descentralización fija que la eliminación de la obligación de realizar los trámites ante los Registros Seccionales, pudiendo realizarse directamente ante la Dirección Nacional o de manera remota.

Además, menciona que habrá una "simplificación" porque se reduce la cantidad de trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio. También elimina la necesidad de presentar el título de propiedad en formato físico. 

En el tema de la digitalización se establece que todos los trámites se realicen de manera digital, incluyendo la expedición de cédulas de identificación. La norma también regla sobre la libertad de circulación y determina que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor.

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Con respecto a la responsabilidad la norma dice que la denuncia de la tradición del automotor da lugar a la sustitución del sujeto obligado al tributo, desligando al titular transmitente de toda responsabilidad legal sobre el mismo.

Por último fija que la existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.

Con la publicación del DNU, los trámites que se realicen ante los registros seccionales del automotor deberán abonar el arancel que fije el Poder Ejecutivo Nacional, salvo los casos expresamente exceptuados por esta norma y la reglamentación.

La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el registro.

 

 

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