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Ley de alquileres: contratos más extensos y gastos compartidos, algunos puntos clave
Entra en vigencia a partir del 30 de septiembre.
El pasado jueves se sancionó la ley de alquileres que regula la relación entre inquilinos y propietarios después de 36 años sin una normativa en este sentido. Esta entrará en vigencia el 30 de septiembre, justo cuando termine el DNU del presidente Alberto Fernández que prohíbe los desalojos y aumentos de alquileres.
Para medir el impacto en la provincia, DIARIO HUARPE dialogó con Víctor Hugo Bazán, miembro de la Asociación de Locatarios de San Juan.
Cabe destacar que la ley es de alcance nacional e impactará en los más de 70.000 inquilinos de la provincia, según el último balance que realizó la asociación. Dicho informe, además, asegura que el 90% de los empadronados del IPV son inquilinos.
Uno de los cambios más significativos es la duración de los contratos que pasarán de un mínimo de 2 a 3 años. La comisión inmobiliaria se regirá por las leyes provinciales.
“Entendemos que las inmobiliarias son un servicio que contrata el propietario, no es algo que busque el inquilino de verdad”, afirmó.
Para ingresar el depósito corresponderá a un mes de alquiler y deberá ser reintegrado al momento de restitución del inmueble, además establece que el propietario debe actualizar el monto del depósito al valor del último mes de alquiler. También, las expensas extraordinarias, es decir aquella que se cobran para hacer modificaciones en los consorcios como arreglo o cambio de ascensores, deberán ser pagadas por el propietario.
“El inquilino está de paso por ahí. Esa no es su propiedad”, explicó Bazán.
Sobre los arreglos comunes el propietario deberá ser notificado, si después de 10 días el propietario no arregla, el inquilino podrá realizar el arreglo y este deberá ser descontado de la cuota de alquiler.
Los aumentos serán anuales y se calcularán en base a una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación y de los salarios (RIPTE). Según dijo Bazán, la fórmula de calcularlo sería “si la inflación fue del 40% y la suba de los salario del 20%, el 60% del total se dividiría en dos y el aumento sería de un 30% aproximadamente. Sobre este punto va a haber que tener especial cuidado y esperar que la inflación no se dispare.”
Por otro lado, tanto como para renovar o rescindir los contratos se deberá notificar con tres meses de anticipación. Si se hace dentro de estos términos no se tendrá que pagar algún tipo de indemnización.
Por último, los contratos deberán ser registrados en AFIP. “Esto pondría en blanco un mercado que históricamente estuvo en negro”, dijo Bazán.
Un avance en el largo camino
SI bien se alcanzó el objetivo de la ley, Bazán aseguró que falta todavía un organismo que defienda a los inquilinos. “Esto se podría resolver con una Defensoría del Inquilino y sería una forma además de anticiparnos a un montón de problemas, como los desalojos después de que termine el DNU 320/20 del presidente. Es una ley que necesita un organismo”, aseguró.
"Después de 36 años sin una actualización en la ley, esto es un logro. Hay que seguir trabajando, pero esto nos acerca a una alquiler más digno", concluyó.