Publicidad

Política > Datos personales

Casi un tercio de los sanjuaninos sacó el permiso de circulación durante la cuarentena

El Gobierno de San Juan registró 274.944 solicitudes.

27 de julio de 2020

Ni bien arrancó el aislamiento social, preventivo y obligatorio que dispuso el presidente Alberto Fernández para mitigar los efectos del coronavirus, el Gobierno de San Juan habilitó los permisos de circulación.

Primero incluyó a las actividades esenciales, seguridad y salud por ejemplo, y luego con el correr de los días y el buen estatus sanitario alcanzado fue abriendo el abanico de habilitaciones. En todo este tiempo registró 274.944 solicitudes, lo que le permitió tener datos precisos y actualizados de casi un tercio de los sanjuaninos.

Publicidad

Hay que recordar que para obtener el permiso de circulación, cada una de las personas debía brindar nombre y apellido, edad, teléfono, número de DNI, correo electrónico, dirección personal y dirección laboral, entre otros ítems que variaban según la actividad. Por ejemplo, para realizar turismo interno debían consignarse datos de la movilidad, los acompañantes y todo lo concerniente al hospedaje, ya sea en casa particular o rentada.

Del total de permisos otorgados, 27.197 —lo que representa un 19%— lo pidieron personas que viven en Capital, un 17% rawsinos, 14% de Rivadavia y un 12% de Chimbas. Más atrás aparecen Santa Lucía, Pocito, Jáchal y Caucete.

Como era de esperar 63.204 permisos se hicieron para cumplir funciones en el departamento Capital, lo que representa un 39% de los permisos de circulación. Un 12%, es decir 18.762, pidió estar habilitado para ir a Rawson y un 9% a Rivadavia.   

Base de datos

En relación con la gran base de datos que tiene el Gobierno de San Juan, el titular de la Secretaría de Gestión Pública, Andrés Rupcic, dijo que “esta es información pública que administra el Estado, como la información que maneja AFIP, Rentas o el Ministerio de Educación sobre los chicos que van a las escuelas. El concepto es el mismo y se usa para dar un servicio público. Esta información está pensada para cuidar la situación sanitaria”.

Publicidad

Además apuntó que “tenemos información de cada persona que ingresa a la provincia y la estamos trazando con un fin superior, que es la salud pública de todos”.

Sobre el recelo que muchos dijeron tener por los datos brindados al Gobierno y por lo que puede suceder con esta información una vez que termine la pandemia del coronavirus, como por ejemplo campañas proselitistas, el funcionario aclaró que “no debe existir temor, esto no debería suceder bajo ningún concepto. Una cosa es el Gobierno y otra cosa diferente son los partidos políticos”.

Además de los permisos de circulación, el Gobierno de San Juan otorgó 30.496 para turismo interno y lleva más de 275.919 para la práctica de deporte.

La ley que protege los datos personales

La ley nacional 25.326 habla sobre la protección de los datos personales, los derechos y obligaciones que tienen ambas partes. En el caso de San Juan de los ciudadanos y el Gobierno.

Dicha ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean estos públicos o privados, destinados a dar informes para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas.

También indica que deja en claro que “toda persona podrá interponer una acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos”.

Como también se deja claro que los datos no pueden ser utilizados para otra cosa que no sea, en este caso, el cuidado de la salud pública y deja en claro que estos datos deben ser destruidos “cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes a los fines para los cuales hubiesen sido recolectados”.

En cuanto a las obligaciones del Gobierno estipula que “el responsable o usuario del archivo de datos debe adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que permitan detectar desviaciones, intencionales o no, de información, ya sea que los riesgos provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado”.

Publicidad
Más Leídas
Publicidad